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Portada » UN POCO DE HISTORIA DE LAS CORRIDAS DE TOROS
Toros

UN POCO DE HISTORIA DE LAS CORRIDAS DE TOROS

egochihuahuaBy egochihuahuadiciembre 28, 2018No hay comentarios14 Mins Read
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Aunque las corridas de toros sean un espectáculo singular y vergonzosamente español, su origen se remonta a los sangrientos juegos romanos y las crueles venationes en las que se mataban miles de animales para divertir a un público sediento de sangre.                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                              
Aunque las corridas de toros sean un espectáculo singular y vergonzosamente español, su origen se remonta a los sangrientos juegos romanos y las crueles venationes en las que se mataban miles de animales para divertir a un público sediento de sangre y fuertes emociones. Según cuenta Plinio el Viejo, en su Historia Natural, Julio César introdujo en los juegos circenses la lucha entre el toro y el matador armado con espada y escudo, además de la “corrida” de un toro a quien el caballero desmontando derribaba sujetándolo por los cuernos. Otra figura de aquella época, según Ovidio, fue el llamado Karpóforo, que obligaba al toro a embestir utilizando un pañuelo rojo. El sacrificio de toros también se incluí­a entre los ritos y costumbres que los romanos introdujeron en Hispania.
En Creta, además del relato de la mitologí­a griega que cuenta las aventuras de Ariadna, hija del rey Minos, y Teseo, que mató al Minotauro, hay constancia de la celebración de juegos en la plaza de Cnossos, en cuyo palacio, conocido por el Laberinto, pueden verse frescos que muestran a hombres y mujeres en escenas de tauromaquia, guiados quizá por los mismos mitos y la ignorancia insensata que permite caracterizar a un pací­fico animal como un monstruo o enemigo virtual, convirtiéndole en ví­ctima real de nuestro fracaso evolutivo como seres humanos, para poder traficar con la vida y el dolor de cuantos carecen arbitriamente de nuestros inmerecidos privilegios.

EL ACOSO Y LA MATANZA DE TOROS EN ESPAÑA COMO RITUAL DE DIVERSIÓN

La primera referencia histórica de una corrida data de 1080, como parte del programa de festejos de la boda del infante Sancho de Estrada, en ívila. Existiendo una conexión psicológica entre la corrida y estas celebraciones por la simbologí­a ritual libidinosa imaginaria entre toro y torero, o entre lo masculino y lo femenino, con ramificaciones en el folklore y las fiestas populares, así­ como la relación libidinal entre el público y el torero, y otros elementos menos visibles que manifiestan todo un espectro de deseos, traumas y pasiones malsanas y enfermizas.
Aunque varios escritores apuntan que el Cid Campeador, Rodrigo Dí­az de Vivar, fue el primer caballero español que alanceó toros, según Plinio, la práctica la introdujo Julio César, atacando él mismo con una pica a los toros a caballo. Una costumbre que los moros consideraban menos peligrosa que los torneos entre cristianos, que les preparaban para las batallas en las que los hombres se mataban del mismo modo.
Durante la Edad Media la corrida de toros se desarrolla y es monopolizada gradualmente por la nobleza que, influenciada por la galanterí­a y el mal ejemplo de los reyes, como sucede en España en la actualidad, se disputaba la notoriedad pública, las atenciones de las damas y el respeto de los demás, exhibiendo su “valor” y gallardí­a, acosando y alanceando toros, considerados como enemigos totémicos de gran poder defensivo.
La reina Isabel la Católica rechazó las corridas de toros, pero no las prohibió, mientras que el emperador Carlos V se distinguió por su afición y mató un toro de una lanzada en Valladolid para celebrar el nacimiento de su hijo Felipe II, en cuyo reinado se promulgaron las primeras condenas eclesiásticas.

LA COMPLICIDAD DEL PODER Y LA IGLESIA CON LAS CORRIDAS DE TOROS

En 1565 un concilio en Toledo para el remedio de los abusos del reino, declaró las funciones de toros “muy desagradables a Dios”, y en 1567 el Papa Pí­o V promulgó la bula De Salutis Gregis Dominici, pidiendo la abolición de las corridas en todos los reinos cristianos, amenazando con la excomunión a quienes las apoyaban, pero su sucesor Gregorio XIII modera el rigor de la bula de San Pí­o V, conforme al deseo de Felipe II de levantar la excomunión. En 1585, Sixto V vuelve a poner en vigor la condenación, que a su vez es cancelada en 1596 por Clemente VIII. Felipe III renovó y perfeccionó la plaza mayor de Madrid en 1619, con capacidad para casi sesenta mil participantes, y Felipe IV, además de alancear toros y matar uno de un arcabuzazo en la Huerta de la Priora, estoqueó a muerte a más de cuatrocientos jabalí­es.
Durante los siglos XVI y XVII, en España y el sur de Francia ya se practicaba la suelta de vaquillas y toros por calles y plazas, y otros festejos como los toros de fuego y los toros embolados, ensogados o enmaromados, comparables en crueldad con el espectáculo aristocrático de la corrida en el que el caballero tení­a un papel preponderante en el acoso y muerte del toro, que también sufrí­a las mil provocaciones que le causaban los peones desde los burladeros o caponeras, los arpones que la chusma le clavaban y los arañazos de algunos gatos introducidos en algún tonel que el toro desbarataba. En Sevilla, se documenta una corrida, a cargo de la cofradí­a de Santa Ana, con “seis o doce toros con cinteros y sogas para regocijo del pueblo”, llegando a generalizarse en las grandes corridas a caballo, con rejones, la provisión de un primer toro “para que sea burlado, humillado y muerto por el pueblo de a pie”.
El entusiasmo de la nobleza por las corridas se mantuvo durante el reinado de Carlos II, pero a partir del siglo XVIII, cuando la nobleza se desentendió del toreo a caballo, a raí­z de la prohibición de Felipe V de las llamadas “fiestas de los cuernos” (también rehusó participar en un auto de fe organizado en su nombre al principio de su reinado), se impuso el protagonismo plebeyo en el toreo a pie, con la novedad de la muerte del toro a manos de la gente más vil y poco refinada vinculada con el abasto de carne y los mataderos, donde desarrollaron su particular modalidad tauricida hasta formar en el siglo XVII cuadrillas de peones o chulos provistos de capas, que se unieron a los patéticos y despiadados jinetes (varilargueros), para correr (provocar el acoso del toro), doblar (hacerle dar vueltas bruscamente con el engaño), pinchar y rematar (desjarretar) a los toros agotados que rehuí­an el doloroso encuentro con sus verdugos a caballo y los perros de presa. Pasando de ser el enfrentamiento con el toro un entrenamiento “deportivo” a un negocio lucrativo que siguió contando con el apoyo real para erigir en la Puerta de Alcalá de Madrid la vieja plaza de obra de fábrica, donada por Fernando VI a la Real Junta de Hospitales, que fue inaugurada en 1754.
A partir de la segunda mitad del siglo XVIII se destinan extensas tierras para pastos, mientras el matador de toros alcanza renombre como espada y se consuma la dictadura taurina, al margen de la ley, con la proliferación de plazas permanentes, al estilo de los coliseos romanos, como un cáncer de la razón, con la consiguiente perversión y vulgarización de las malas costumbres y la pérdida de valores éticos y sociales que los españoles ilustrados trataron de corregir, sin éxito, con una legislación más humanitaria y socialmente acertada.

LA CONCIENCIA HUMANITARIA ILUSTRADA Y EL DESPOTISMO TAURINO

A finales del siglo XVIII, una iniciativa para civilizar las costumbres del paí­s del conde de Aranda, ministro del gobierno ilustrado de Carlos III y presidente del Consejo de Castilla, desembocó en la promulgación de la Real Orden de 23 de marzo de 1778, que prohibí­a las corridas de toros de muerte en todo el reino, con excepción de aquéllas destinadas a sufragar, “por ví­a de arbitrio”, algún gasto de utilidad pública o fines benéficos, siendo éstas prohibidas también posteriormente por la “pragmática-sanción en fuerza de ley” de 9 de noviembre de 1785, que contemplaba su “cesación o suspensión”. Finalmente, por el decreto de 7 de septiembre de 1786 se consumó la total prohibición de todos los festejos, sin excepciones, incluidas las corridas concedidas con carácter temporal o perpetuo a cualquier organismo como “las Maestranzas u otro cualquiera cuerpo”. En 1790, otra “Real Provisión de los señores del Consejo”, erradicaba, no sólo la versión espectáculo de la recién inventada “corrida moderna”, sino cualquier celebración que tuviera al toro como ví­ctima protagonista, en virtud de la cual se prohibí­a “por punto general el abuso de correr por las calles novillos y toros que llaman de cuerda, así­ de dí­a como de noche”. En 1805, otro real decreto de Carlos IV reiteraba la abolición de las corridas de toros en España y sus territorios de ultramar, aunque se toleraban algunas excepciones con fines benéficos. Prohibición que dejó de ser efectiva incluso antes de la llegada de Fernando VII, el rey absolutista que restaura el tribunal de la inquisición (abolido en 1808) y da su apoyo a las corridas, mientras suprime las libertades y la constitución de 1812. Cerrando las aulas de la Universidad en todo el reino, al mismo tiempo que crea, en 1830, la primera escuela de tauromaquia, con sede en el matadero sevillano, que serí­a cerrada tras su muerte, en 1834, bajo la regencia de Marí­a Cristina.
El deseo de la mafia taurina de afianzar su poder e imponer su espectáculo a toda costa a la población española incrementa el ritmo de construcción de circos de muerte a lo largo del siglo XIX (en respuesta a la prohibición legal de las corridas), en cuyo perí­odo se erigen y se aumenta la capacidad de la mayorí­a de los que hoy están en uso. Provocando el apasionado clamor literario de la poetisa española Carolina Coronado (1823-1911) contra la profusión de circos taurinos, en su poesí­a Sobre la construcción de nuevas plazas de toros en España.
Durante el siglo XIX se regula la matanza de los toros al margen de la ley, publicándose en 1836 la Tauromaquia completa, mientras se organizan espectáculos en los que participan perros y otras especies animales, al más puro estilo del antiguo circo romano, como el enfrentamiento que tuvo lugar en Madrid entre un toro y un elefante en 1898.
La muerte de miles de caballos, horriblemente destripados, convierte las corridas de toros en verdaderas carnicerí­as que acaban reduciendo la población equina a la mitad en el último tercio del fin de siglo, lo que motiva la introducción en 1928 del peto, una colcha protectora de invención francesa, que no elimina el sufrimiento del caballo, pero evita herir la sensibilidad de los espectadores que menos toleran la sangre.
Los ganaderos manipulan el comportamiento y la fuerza del toro reduciendo su tamaño y fabricando un animal acomodaticio por medio de sucesivos cruzamientos para adaptarles al ritual taurino “moderno”.
Pablo Iglesias (1850-1925), figura indiscutida del Partido Socialista (PSOE) desde su legalización en 1881, condena públicamente las corridas de toros; pero es su propio partido el que las legaliza de nuevo en España mediante el Real Decreto 176/1992, de Juan Carlos I, que, lejos de tipificar la crueldad como delito como corresponde a un gobierno constitucional democrático, establece las medidas para fomentar la barbarie taurina “en atención a la tradición y vigencia cultural de la fiesta de los toros”, especificando las caracterí­sticas y el tamaño de las armas, legalmente homologadas, que los verdugos deben emplear para torturar a sus ví­ctimas, como las banderillas; más largas que hace dos siglos, las banderillas negras (que reemplazaron a las de fuego con cartuchos de pólvora), para aterrorizar al toro manso que no colabora con sus verdugos, así­ como la puya o pica, la espada o estoque y la puntilla propia del matadero y el arsenal taurino.

EL NEGOCIO TAURINO FUERA DE ESPAÑA: UNA CUESTIÓN DE VIDA Y MUERTE

Las corridas de toros en América, Francia y Portugal atravesaron las mismas vicisitudes que en España, decretándose prohibiciones civiles y eclesiásticas que, salvo algunas excepciones, no se respetaron, aunque contribuyeran al desarrollo de un estilo diferente de espectáculo, igualmente cruel, basado en el tormento y la muerte de un animal sensible.
En Francia, la entrada en vigor de la ley Grammont prohibiendo las corridas de toros el 2 de julio de 1850, no impidió la introducción de las corridas de muerte al estilo español, para satisfacer a la emperatriz española, Eugenia de Montijo, que intervino personalmente para solicitar la suspensión de la prohibición que afectaba a una serie de corridas en Bayona, programadas para el verano de 1853, en las que murieron 19 toros y 39 caballos. A pesar de lo cual, las corridas siguieron estando legalmente prohibidas durante cien años en todo el territorio nacional, hasta la adopción, por el Consejo de la República, el 12 de abril de 1951, de una proposición de ley declarando que la ley anterior “no era aplicable a las corridas de toros cuando una tradición ininterrumpida podí­a ser invocada”.
Temiendo que una mayor preocupación por los derechos de los animales haga más difí­cil mantener engañada a la opinión pública mundial, la mafia taurina trata desesperadamente de exportar su esperpéntico espectáculo a cualquier paí­s sin ninguna tradición taurina como Egipto y Rusia, o a otras ciudades de Francia como Parí­s, donde intentaron organizar una corrida, en junio de 2002; o Carcasona, donde se montó una corrida por primera vez desde 1954, después de que el alcalde y la corte superior de justicia hicieran prevalecer la escapatoria legal de que existe “una tradición local ininterrumpida”, una disposición que excluye a las corridas de toros y peleas de gallos de las sanciones previstas en la actualidad para el maltrato de animales en la ley francesa de protección de los animales del 15 de julio de 1976.
“Según una encuesta francesa de 1993, el 83% de la población está en contra de las corridas de toros, y sólo las apoya un 11%”.
En Portugal, donde la crueldad y el sufrimiento de los animales es similar al resto de la pení­nsula, a pesar de la prohibición de las corridas de muerte al estilo español en 1928, la tradición de matar a los toros en las plazas de las ciudades fronterizas con España continúa en lugares como Villa de Barrancos, donde las autoridades las han permitido durante décadas. Paradójicamente, una nueva ley permitirá nuevamente la matanza del toro en los ruedos, en las ciudades que puedan demostrar haber mantenido ininterrumpidamente la costumbre de matar toros y de haber incumplido sistemáticamente la ley durante al menos cincuenta años.
Los falsos argumentos utilitaristas en defensa de las tradiciones para justificar la tortura de los toros no justifican de ninguna manera ningún acto basado en el suplicio gratuito de nuevas especies animales, pero el abuso sistemático de animales de cualquier especie acaba insensibilizando a la opinión pública ante el sufrimiento animal, permitiendo, por ejemplo, incluso encierros de avestruces en Aragón y en poblaciones como Fuengirola, sin tener en cuenta las consecuencias fí­sicas, psicológicas, morales o éticas para las ví­ctimas involuntarias o para quienes participan de buena gana en cualquier espectáculo cruel y degradante.
Si deseamos atajar la violencia contra los animales de cualquier especie y empezar a construir una sociedad basada en el respeto a la vida y a los demás, debemos avanzar en la dirección más humanitaria de otros paí­ses de la Unión Europea como Alemania, Italia o el Reino Unido, y mejorar el estatuto de los animales en España y otros paí­ses como Portugal, Francia, México, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, condenando sin paliativos la tortura de cualquier ser vivo a nivel europeo e internacional y reformando el artí­culo 632 del Código Penal español, que es totalmente ineficaz para prevenir los casos de crueldad con los animales, ya que sólo se aplica a los espectáculos no autorizados legalmente, en cuyo caso el maltrato sólo está castigado como una falta, con una multa.

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