La Suprema Corte de México determinó que los estados no tienen la facultad para declarar las peleas de gallos y las corridas de toros como patrimonio cultural inmaterial. No obstante, el tribunal no se pronunció sobre la prohibición de estas actividades. En el derecho mexicano crece una corriente que busca proclamar a los animales como “seres sintientes” que merecen un trato digno
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Toros y gallos, ejes sobre derecho de los animales en México, ¿qué implicaciones tiene?
..en unos seis meses se sabrá en qué sentido resolverá la SCJN…»
El día de ayer debió haberse celebrado la audiencia constitucional del juicio de amparo que mantiene cerrada a la Plaza México. Sin embargo, el caso ha dado un giro inesperado porque el pasado 30 de agosto la Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajo el juicio y ahora estamos ante una nueva circunstancia jurídica.
Esto quiere decir que en unos seis meses se sabrá en qué sentido resolverá la Suprema Corte; es decir, si confirma la suspensión definitiva del acto reclamado por Justicia Justa o la revoca. Si es revocada, la empresa de la Plaza México tendría el derecho de solicitar el permiso a la alcaldía Benito Juárez para dar toros de inmediato.
Desde luego que éste sería el mejor escenario para la Fiesta Brava, pues, aunque el juicio de amparo seguiría su curso hasta que se resuelva el fondo del asunto (determinar si los espectáculos taurinos están en contra de «un medio ambiente sano»), existiría un magnífico antecedente a nuestro favor para que el Juez de Distrito, Jonathan Bass, diera marcha atrás y se apegara a la recomendación de la Suprema Corte.
Pero si ocurre lo contrario, y la Suprema Corte ratifica la suspensión definitiva, el estado de las cosas continuaría como hasta ahora, y la Plaza México permanecería cerrada mientras no se resuelva el fondo del asunto, pero con la enorme desventaja de que este antecedente negativo para los toros, se traduzca en el otorgamiento de otros amparos antitaurinos similares en distintas regiones del país.
Por otra parte, aún no se sabe a quién de los ministros de la Suprema Corte le tocará realizar el proyecto de resolución, ya que de los cinco integrantes de la sala hubo tres que decidieron atraerlo, uno en contra y una ausencia, de tal manera que la responsabilidad podría recaer en Yasmín Esquivel Mossa, Luis María Aguilar Morales o Loretta Ortiz Ahlf, según sea asignado por azar de los casos que tienen que revisar.
Todo indica que convendría que el proyecto recaiga en manos de la ministra Esquivel, ya que anteriormente ella ha estado involucrada en dos juicios referentes a los toros: En Tijuana, en 2020, redactó el proyecto a favor del ingreso de los niños a las plazas, y en Nayarit, en 2022, estuvo en contra de que la Fiesta Brava no pudiera ser inscrita como Patrimonio Cultural Inmaterial.
La Suprema Corte aún no ha asignado al encargado de redactar el documento que deberá presentar a los ministros de la Segunda Sala, donde también están incluidos Javier Laynez Potisek y Alberto Pérez Dayán, con la finalidad de esclarecer un amparo que, desde un principio, no debió haber sido otorgado por tratarse de un tema de carácter inconstitucional.
Pero ya sabemos que en este caso hay muchos intereses creados, encabezados por el de perverso deseo de que los toros se prohíban en la Plaza México para que ésta sea demolida y en su terreno se edifique un complejo inmobiliario de grandes dimensiones, que al final es el quid de la cuestión.
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