La norma balear prohibía también la presencia de caballos y las banderillas. Buena parte de los artículos han sido anulados .
El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales varios artículos de la Ley de regulación de las corridas de toros y de protección de los animales en Baleares, que fue aprobada en 2017 y que prohibía, entre otras cosas, la muerte del animal y el uso de caballos.
Según ha publicado Diario de Mallorca, y ha confirmado Europa Press, se declaran inconstitucionales los artículos 6, 7, 8 y 9. La sentencia cuenta con cuatro votos discrepantes.
El artículo 6 establecía que la salida de los animales se haga desde corrales, entre otros asuntos. El 7 prohibía la presencia de caballos, y el 8 era el que establecía que los animales debían ser devueltos a los corrales tras los espectáculos, que no podrían durar más de diez minutos.
El artículo 9 prohibía el uso de puntas de pica, banderillas y espadas o cualquier instrumento que pudiera producir heridas o la muerte del toro. Este también se ha declarado inconstitucional.
Del artículo 4 sobre embarque, transporte y desembarque, la sentencia elimina el apartado que hace referencia a que el viaje del animal debe ser desde la ganadería más cercana.
Del artículo 5, se declaran inconstitucionales los puntos que hacen referencia a la edad mínima de los toros, a sus pesos, y a que las actas veterinarias puedan cancelar las corridas, o que mediante informe sobre lesiones y otras incidencias se puedan tomar las medidas correspondientes.
El papel de la Fundación Toro de Lidia
Esta sentencia del TC no hubiera sido posible sin la intervención de la Fundación Toro de Lidia. Su portavoz, el periodista y escritor Chapu Apaolaza, ha contado a Libertad Digital que son los responsables del estudio jurídico que «desde el primer momento» utilizó el Gobierno para recurrir esta normativa. Además se organizó una campaña con la sociedad civil para apoyar este recurso.
Apaolaza también ha señalado que esta sentencia, y la que tumbó la prohibición de la celebración de corridas de toros en Cataluña, «sin duda» frenarán el ansia prohibicionista de los partidos políticos con la tauromaquia. El portavoz de la FTL ha dicho que estas sentencias «tienen un significado muy importante» porque «el TC legisla sobre lo evidente: nadie puede prohibir la cultura».
Ha explicado que lo que hizo el parlamento balear fue «rodear la prohibición en Cataluña para prohibirlos sin que se notara». Por eso, esta sentencia «confirma que la tauromaquia es la que es y no se puede modificar una tradición ni la cultura popular» ya que «es el pueblo el que dice qué es cultura popular».
Además ha asegurado que «el Tribunal Constitucional reconoce el blindaje al que está sometida la tauromaquia y otras manifestaciones culturales». Chapu Apaolaza ha dicho que estos partidos «utilizan el poder público de manera ilegítima para imponer su ideología y su gusto para censurar». Afirma el portavoz de la Fundación Toro de Lidia que «la decisión del TC confirma que este país es un poco más libre que antes».