México.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que los votos que se emitan para Margarita Zavala, quien renunció a la candidatura independiente a la Presidencia de la República, deberán ser tomados como votos nulos.
Además, también determinó que si el espacio de Zavala Gómez del Campo en la boleta es marcado, el cual es tomado como un espacio en blanco al no ser ya una candidata registrada, y el elector también marca a un candidato con registro y que aparece en la boleta, el voto será válido para ese candidato con registro legal.
En sesión pública, los magistrados con cuatro votos a favor y dos en contra, desecharon el acuerdo del INE por el que los votos para excandidata, quien renunció el pasado 17 de mayo a esa aspiración, serán tomados como sufragios a candidatos no registrados, y si la marca abarcara otro recuadro entonces sería nulo.
El 28 de mayo pasado, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), por unanimidad, aprobó el mencionado acuerdo, pero fue un impugnada ante el Tribunal Electoral por la coalición Por México al Frente y Morena, por considerar que se violaban los derechos politicos al darle la calidad de “candidata no registrada” cuando ella renunció.
En sesión pública, los magistrados con cuatro votos a favor y dos en contra, desecharon el acuerdo del INE por el que los votos para excandidata, quien renunció el pasado 17 de mayo a esa aspiración, serán tomados como sufragios a candidatos no registrados, y si la marca abarcara otro recuadro entonces sería nulo.
El 28 de mayo pasado, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), por unanimidad, aprobó el mencionado acuerdo, pero fue un impugnada ante el Tribunal Electoral por la coalición Por México al Frente y Morena, por considerar que se violaban los derechos politicos al darle la calidad de “candidata no registrada” cuando ella renunció.
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