Con el cierre de campañas electorales federales y locales 2021, concluye el término de toda propaganda y difusión electoral, para entrar al periodo de veda o reflexión que inició el primer minuto del jueves 3 de junio de 2021 y concluirá hasta el cierre de las casillas el día de la elección.
En este periodo se debe suspender toda propaganda electoral en medios de comunicación impresos, radio y televisión para que la ciudadanía pueda reflexionar sobre el sentido de su voto.
A las y los candidatos, partidos, ciudadanía, funcionarios públicos y medios de comunicación se les prohíbe la propaganda o proselitismo por cualquier medio, la publicación de resultados de encuestas y sondeos sobre preferencias electorales, difusión de informes de labores y cualquier tipo de propaganda gubernamental.
Los resultados de encuestas por muestreo, sondeos de opinión, encuestas de salida o conteos rápidos sobre las elecciones locales y federales podrán darse a conocer hasta el cierre oficial de las casillas.
Durante este periodo, los medios de comunicación no pierden la libertad de expresión y podrán continuar con su labor informativa sobre temas electorales, siempre y cuando NO se trate de propaganda política.
Las entrevistas a contendientes a algún cargo de elección popular deben ser suspendidas en este periodo para evitar que a través de éstas se llame al voto o se realice algún tipo de propaganda o acto proselitista (dixit.ine) La veda electoral o periodo de reflexión al voto, tiene su sustento vigente 2021 en la normatividad siguientes:
Artículo 41 apartado C de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales, como de las entidades federativas, así como de los Municipios, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y cualquier otro ente público. Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.
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