Solicita Rocío Sarmiento dejar sin efectos la Ley de Cabelleras
Chihuahua, Chih.- Hoy la Diputada de Acción Nacional, Rocío Sarmiento, presentó iniciativa con el propósito de derogar los decretos de fecha 11 de abril y 25 de mayo de 1849, así como el del 31 de julio de 1880 en lo correspondiente a la Ley 4ª. de la Sección de Milicia y Guerra, a través de los cuales se faculta al Gobierno del Estado de Chihuahua a contratar voluntarios nacionales y extranjeros para hacer la guerra contra los llamados “indios bárbaros”, fijando cuotas por indio muerto o prisionero.
La conocida como Ley de Cabelleras, o como Contratas de Sangre, fue una ley que durante la segunda mitad del siglo XIX tuvo su más amplia aplicación en la guerra que libraron el pueblo mexicano y el pueblo apache, o n´dee/n´nee/n´dé.
Durante su exposición de motivos, la legisladora explicó la historia que se ha escrito alrededor del pueblo a quienes la cultura popular ha registrado con el nombre de apaches a raíz de los diversos documentos por los que se conoce su historia, y cuyo término, que significa “enemigos”, les fue asignado por los españoles a partir de su señalamiento por tribus contrarias a ellos.
Añadió que, hacia el último cuarto del siglo XVIII, aproximadamente en 1780, cuando encontramos la primera evidencia de que los gobiernos del norte las tomaron la drástica medida de poner precio a los apaches, ofreciendo la cantidad de cien pesos por la cabeza de cada apache que se matara o que se lograra apresar.
En Chihuahua, la Junta de Guerra había pretendido imponer precios sobre las cabelleras de indios muertos en acción de guerra, pero el Consejo de Gobierno desaprobó la medida por considerarla inmoral; a pesar de las intensas presiones sociales, el Gobierno aún esperaba que las acciones de pacificación, o que la defensa de los pobladores con el apoyo de las milicias locales, pudieran ser más exitosas que los contratos con mercenarios cazadores de cabelleras. Añadió.
Agregó que el 11 de abril y el 25 de mayo de 1849 el Congreso del Estado de Chihuahua emitió dos decretos como complemento uno del otro, los cuales fueron publicados en el Periódico Oficial del Estado.
“A través de esas disposiciones, el Congreso del Estado de Chihuahua faculta al Gobierno para que pueda hacer la guerra contratando voluntarios, sean estos nacionales o extranjeros, y fija la cantidad de doscientos pesos para pagar por cada indio de armas muerto, doscientos cincuenta pesos por cada prisionero de esta clase, así como ciento cincuenta pesos por cada india de cualquier edad o indio menor de catorce años presos” Comentó.