HABLANDO Y ESCRIBIENDO
SIN ENTENDER LA PRESIDENTA DE MÉXICO
CONSTITUCIÓN Y LEY DE AMPARO
POR ERNESTO AVILÉS MERCADO*
Se admitieron las acciones de inconstitucionalidad sobre la reforma judicial, negaron la suspensión por no ubicarse en los casos excepcionales de transgresión definitiva e irreversible de algún derecho humano
La ley de Amparo es una ley reglamentaria, la causal de improcedencia que afirma CSP, del artículo 61, restringe un derecho humano previsto en la Constitución como es el juicio de amparo, por lo que esa restricción debe preverse en la misma Constitución y no en una ley reglamentaria. De otra forma de nada serviría poner en la ley suprema los derechos humanos si el legislador ordinario los podrá disminuir o desaparecer con una ley secundaria.
Además, sería inconvencional porque contravendría sentencias internacionales que han dicho que el juicio de amparo es un derecho humano reconocido en la CPEUM y en tratados internacionales de derechos humanos. El derecho al juicio de amparo se encuentra establecido en: 1. Artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 2. Artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José). 3. Artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. El juicio de amparo es un recurso jurídico que permite a las personas proteger sus derechos fundamentales y libertades frente a actos de autoridad que violen la Constitución o las leyes.
El derecho al juicio de amparo incluye: 1. Acceso a la justicia 2. Derecho a un juicio imparcial 3. Derecho a ser oído 4. Derecho a una resolución fundada en la ley. El juicio de amparo es un mecanismo esencial para proteger los derechos humanos y garantizar la justicia y la igualdad ante la ley. Fuente: – Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. – Convención Americana sobre Derechos Humanos. – Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. – Corte Interamericana de Derechos Humanos. Sentencia del Caso Durand y Ugarte vs. Perú. 16 de agosto de 2000.
El deprimente y denigrante espectáculo presentado en el Senado de la República, el pasado sábado con la Tómbola Judicial, donde se puso en juego, un juego de azar, el presente y futuro de miles de jueces y magistrados, junto con sus familias, ha generado que nuevamente los trabajadores del Poder Judicial de la Federación, mantengan el Paro de labores en todos los distritos judiciales del país, cuando menos hasta este viernes.
El último dato obtenido a mediados de esta semana, señalaba más de 170 demandas contra la reforma judicial, muchas colectivas, y alrededor de 80 suspensiones ordenadas por jueces de distrito, las cuales se incrementaron esta semana considerablemente.
A partir de que Sergio Javier Molina Martínez, integrante del Consejo de la Judicatura Federal, Chihuahuense, originario de Parral, cambió su voto y lo hace ahora en favor de los consejeros de filiación morena (Celia Maya García, Bernardo Batiz Vázquez y Eva Verónica de Gyvés Zárate), para alcanzar mayoría con 4 de 7 consejeros, ha iniciado el Consejo una represión, por mayoría de votos, en contra de los titulares y trabajadores de poder judicial federal.
A tal grado que inobservaron suspensiones decretadas por jueces y tribunales colegiados, sin tener ninguna facultad para ello.
Ahora, con el acuerdo 22/2024 ordenan se regresen los trabajadores a sus oficinas y que los titulares de juzgados y todos los mandos medios y superiores, reporten y levanten actas al personal inasistente, acordando, de manera incongruente, que ellos no abrirán procedimiento en contra del personal, pero si ordenan que los titulares de despacho, lo hagan en contra de los trabajadores que apoyan el paro.
El día de hoy, en todos los tribunales federales, los jueces y magistrados federales, integrantes de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación, llevarán a cabo un proceso de votación, para definir si se continúa con el paro de labores.
Lo que sí se sabe con certeza es la negativa a participar en el proceso de elección, por parte de un gran número de juzgadores que se habían destacado por su capacidad, profesionalismo y trayectoria, perdiéndose una gran cantidad de valiosos elementos, todos muy capaces.
Sin embargo, aún queda la lucha más importante: el dictado de las resoluciones que debe emitir la SCJN en las controversias, acciones de constitucionalidad y consultas de La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación, entre ellas, la determinación de que si la Corte como máximo tribunal en el país, puede invalidar reformas constitucionales, siendo estas y algunas otras, las que deben ser resueltas a más tardar el 15 de noviembre.
Mientras tanto, el Poder Judicial de Chihuahua, está anunciando que presentará una controversia constitucional en contra de la reforma judicial, de hecho es el primer Estado en hacerlo, en congruencia con el congreso del Estado, quien acató la suspensión ordenada por un tribunal federal de no aprobar la reforma.
Esta acción es importante, porque define claramente la postura del Tribunal Chihuahuense, por defender el Estado de Derecho, la División de poderes, la autonomía, independencia, imparcialidad y la libertad de los juzgadores para decidir en base a su capacidad y conocimientos, hacia quien se inclina la balanza de la justicia.
Chihuahua, siempre ha estado a la vanguardia de los grandes cambios en temas políticos sociales y jurídicos del país, y este compromiso generacional que ahora toma la magistrada presidenta Myriam Victoria Hernández Acosta, cuenta con todo el apoyo del congreso del Estado, así como de la propia titular del ejecutivo Estatal Maru Campos.
REINGENIERÍA OBLIGADA DE LA SRIA DE SEGURIDAD
Gilberto Loya debe analizar la falta de un director operativo con el perfil que se requiere de mano dura; la curva de aprendizaje con Simeón le ha costado bastante alto; tiene cualidades pero no es su área, salió del escritorio directo a la jungla, donde los depredadores le dicen solo lo que les interesa y responden a intereses diferentes.
ABOGADO POSTULANTE, MIEMBRO DE LA FECHCA Y DE LA AECHIH.
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