Sentencia TEPJF que no se ejerció violencia ni calumnia contra María Eugenia Campos en campaña de Alfredo Lozoya
– La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió que en la campaña de Alfredo Lozoya no existe calumnia ni violencia política por razones de género contra María Eugenia Campos
– Referencias al proceso penal que enfrenta la candidata sirven para que la sociedad forme una opinión libre e informada
Chihuahua.- Tras la deliberación de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el máximo órgano en materia electoral resolvió de forma definitiva que los mensajes vertidos por Alfredo “El Caballo” Lozoya durante su campaña, donde señala que la candidata panista a la gubernatura, María Eugenia Campos Galván, enfrenta un proceso penal por su presunta participación en actos de corrupción, no constituyen, de ninguna manera, calumnia ni violencia política por razones de género.
En su dictamen, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón señaló que los mensajes difundidos a través de las plataformas digitales del candidato de Movimiento Ciudadano no calumnian ni violentan a la parte denunciante, sino que participan como elementos necesarios del proceso para que la sociedad forme una opinión libre e informada en el contexto del debate político.
En ese sentido, apuntó, el Tribunal Electoral debe proteger el derecho a la libre expresión de las partes involucradas en el proceso democrático, ya que dicha protección a las expresiones críticas será siempre en beneficio del derecho a la información por parte de la ciudadanía.
“Considero que la libertad de expresión en una dimensión social incluye el derecho a procurar y recibir cualquier tipo de información sobre aspectos de interés público para la sociedad, como el que una candidata a un cargo público se encuentre sujeta a cuestionamientos respecto a los procesos legales que enfrenta”, indicó el magistrado.