Reforma del Reglamento de Participación Ciudadana de Niñas, Niños y Adolescentes
El Ayuntamiento de Chihuahua aprobó por unanimidad el proyecto de Reforma al Reglamento de Participación Ciudadana y de Niñas, Niños y Adolescentes en relación a la participación de los ciudadanos en las Sesiones de Cabildo, para lo cual se emite la normatividad correspondiente.
De manera unánime se aprobó la reforma y adición de diversos artículos del mencionado reglamento por lo que, entre las reformas al capítulo respectivo de Cabildo abierto se le da apertura al registro de manera digital así como la ampliación del tiempo de participación de las personas.
Asimismo se aprobaron las adecuaciones a la Contraloría Social, asuntos que fueron analizados en las Comisiones Unidas de Regidoras y Regidores de Gobernación y Participación Ciudadana por lo que con estas adecuaciones, imperará la máxima participación de las personas a ejercer este instrumento.
Para ejercer el derecho a la participación ciudadana las personas deberán solicitar su registro por escrito de manera personal ante la coordinación de Participación Ciudadana o de manera digital en la página de internet del gobierno municipal, al menos con 24 horas de anticipación.
Dentro de los requisitos que deberán cumplir están los siguientes; acreditación que compruebe ser habitante del Municipio y señalar el asunto del Orden del Día de su interés; podrán participar hasta dos personas por punto del Orden del Día y cada participación contará con un tiempo de participación de hasta 5 minutos.
La participación de las personas se hará́ posterior a la lectura del dictamen correspondiente, seguido de la intervención de las y los Regidores, para posteriormente someterse a votación.
Asimismo la Secretaría del Ayuntamiento a través de la Coordinación de Participación Ciudadana, la página de internet del municipio o el medio digital que facilite registrará las solicitudes para la participación en las sesiones del Ayuntamiento.
En el tema de las Contralorías Sociales se reformó el Artículo 247 el cual quedará de la siguiente manera: las Contralorías Sociales son un instrumento de participación social a través del cual, las personas habitantes del Municipio, tienen derecho a verificar la correcta ejecución de los programas de gobierno, así como la correcta aplicación de los recursos públicos.
Las Contralorías Sociales no podrán responder a intereses político partidistas, religiosos, económicos o cualquiera que resulte incompatible con los fines propios de su naturaleza. No podrán obstaculizar la ejecución de la actividad pública. Las personas contraloras sociales no recibirán remuneración alguna.