Integrantes de la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso de Chihuahua, reformó la Ley Estatal de Educación, con la finalidad de fomentar la práctica deportiva y la cultura física desde la educación básica, al ser el deporte un fenómeno social que influye en la calidad de vida de las personas.
La diputada Lourdes Valle Armendáriz, presidenta de la Comisión de Deporte, señaló que la práctica de actividad física y deportiva, está relacionada positivamente con la salud física y mental de las personas, por lo que es de suma importancia fortalecer e incentivar desde una edad temprana, el adquirir un estilo de vida saludable, fundamentalmente en el contexto del deporte escolar para que los menores desarrollen el gusto por el deporte y dejen de lado el sedentarismo.
Es por lo anterior que la reforma se realizó de la siguiente manera:
ARTÍCULO 62 BIS. La educación física promoverá, fomentará y difundirá la cultura física en todas sus manifestaciones, a favor de la formación integral y con calidad, de todos los escolares de la educación básica, para lo cual:
I. Estimulará la competencia motriz, la alfabetización física, el ejercicio físico y las disciplinas deportivas y de recreación en las instituciones de educación básica, así como su práctica recomendablemente:
a) En educación preescolar, 30 minutos diarios semanalmente; y
b) En educación primaria, secundaria y media superior, una hora diaria semanalmente.
II. Procurará la salud y el bienestar físico de los educandos, a través de la construcción de estilos de vida saludables fundamentalmente activos;
III. Promoverá actitudes responsables que propicien la recuperación del tejido social, a través del rechazo de las adicciones y se prevengan conductas delictivas;
IV. Desarrollará la competencia motriz, estimulando la dimensión psicomotora de los educandos, conjuntamente con los dominios cognitivo y social – afectivo;
V. Fomentará a través de la educación física, la alfabetización física de los escolares para desarrollar una verdadera cultura física para contribuir de manera importante a la reducción de enfermedades relacionadas con el síndrome metabólico como son: el sobrepeso y la obesidad, la hipertensión, la diabetes mellitus las enfermedades cardiacas, y algunas formas de cáncer y depresión, mediante la práctica adecuada de formas permanentes de actividad física para lograr una mejor calidad de vida de las personas y de la sociedad en lo general;
VI. Impulsará el desarrollo de una cultura por la paz, para la prevención de la dignidad humana y de fraternidad con las personas y con los pueblos, mediante programas que promuevan cooperación e intercambios regionales, nacionales e internacionales; y
VII. Las demás que establezcan esta ley, así como las leyes y disposiciones conducentes, en los términos autorizados por los planes y los programas de estudios aplicables.
Para finalizar, la Legisladora agregó que para el cumplimiento de lo determinado en la reforma, las instancias responsables se sujetarán a las previsiones presupuestarias en recursos humanos y financieros disponibles, exclusivamente.
En Sesión Ordinaria del Poder Legislativo de Chihuahua, integrantes de la Sexagésima Sexta Legislatura, reformaron los artículos 1691-e y 2330, del Código Civil del Estado de Chihuahua, en materia de pago de arrendamientos, en lo relativo al caso de epidemia grave reconocida por la autoridad sanitaria federal o estatal competentes
El diputado Jorge Soto, presidente de la Comisión de Economía, Turismo y Servicios, expuso que la adecuación se realiza con el propósito de apoyar a la industria restaurantera debido al inminente cobro de rentas pese a la limitación en la operación de sus negocios derivado de las medidas de seguridad implementadas en este entidad federativa con motivo de la contingencia sanitaria,
Informó que en relación a la adecuación al artículo 1691-e, se agregó que al tratarse de epidemias de carácter grave, cuando sean reconocidas por la autoridad, se estará a lo dispuesto por el numeral 2330, que señala que, si por caso fortuito o fuerza mayor se impide totalmente al arrendatario el uso de la cosa arrendada, no se causará renta mientras dure el impedimento, y si éste dura más de dos meses podrá pedir la rescisión del contrato.
En lo que concierne a la adecuación al artículo 2330, se agregó que si el impedimento para el uso de la cosa es con motivo de epidemia grave reconocida por la autoridad sanitaria federal, o estatal competentes, será aplicable lo dispuesto en los artículos 1691-a, a 1691-g. En cuyo caso, las partes podrán acordar los términos de la rescisión o las modificaciones del contrato bajo los principios de equidad y buena fe, atendiendo a las circunstancias extraordinarias durante el periodo que permanezcan vigentes, o acudir ante la autoridad jurisdiccional competente, quien deberá ponderar los principios y circunstancias mencionadas.
En el caso del arrendamiento, cuando se trate de aquellas causas derivadas de epidemias de carácter grave reconocidas por la autoridad sanitaria correspondiente, que impidan o modifiquen las condiciones del uso total o parcial de la cosa arrendada, se considerará que no se incurre en mora en el pago de rentas, durante todo el tiempo que permanezcan vigentes las medidas derivadas de la contingencia sanitaria.
Ahora bien, dentro de los artículos transitorios, se estableció que para los efectos de las adecuaciones realizadas, la autoridad judicial que conozca aquellos asuntos en que se pretenda la desocupación de inmuebles por falta de pago de rentas de dos o más mensualidades en los términos de las disposiciones aplicables, se considerará previamente, la equidad y buena fe en beneficio de las partes involucradas, según los principios derivados del mismo.
Asimismo, las personas físicas y/o morales que cuenten con instrumentos contractuales de arrendamiento vigentes durante el presente año 2020, deberán acordar las modificaciones de las formas y modalidades de la ejecución de los mismos, con efectos retroactivos a partir del día 23 de marzo del mismo año, para con ello restablecer las condiciones de equidad bajo las condiciones socio económicas actuales, mientras y hasta en tanto no se restablezca la normalidad o se decrete por las vías legalmente competentes, el fin de la emergencia señalada en el Acuerdo publicado ese mismo día en el Diario Oficial de la Federación mediante el cual se reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria.
También se estipuló que los sujetos obligados, podrán acudir a los centros de Justicia Alternativa previstos en la Ley de Justicia Alternativa del Estado de Chihuahua, para efectos de asesoría y facilitación de controversias relativas a su relación convenida.
Por último, enfatizó que estas acciones se realizan con la principal intención de contribuir a la recuperación económica de la entidad.
Integrantes de la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso local, exhortaron al titular del Poder Ejecutivo Federal, así como a todas las autoridades de seguridad pública federal, para que rectifiquen la decisión de retirarse de las Mesas de Coordinación para la Construcción de la Paz y atiendan el mandato constitucional que tienen, de conformidad con el Artículo 21 de la Carta Magna.
Este Punto de Acuerdo de urgente resolución, fue presentado por la diputada Georgina Bujanda Ríos del GPPAN, quien determinó estas acciones señaladas, son consecuencia de las protestas, las exigencias y el actuar que ha tenido los poderes del Estado de Chihuahua, así como los ciudadanos en la defensa del agua.
“La seguridad de los chihuahuenses no puede ser moneda de cambio. El gobierno de Andrés Manuel debe dejar de insultar, castigar y comportarse como un régimen que tiene todo, menos el carácter democrático y federalista; el actuar del Gobierno Federal, deben de ser acorde a las obligaciones constitucionales, más allá de las filias político partidista”, mencionó la diputada.
Denunció que frente a un tema de Estado, que ha sido liderado e iniciado por los productores agrícolas, han tenido nula respuesta, así como ausencia y falta de voluntad para resolver las legítimas demandas del agua, además de sufrir insultos, violaciones graves a los derechos humanos y fuertes represalias, lo que incumple obligaciones constitucionales como lo es el retiro de las fuerzas de seguridad de la federación.
“El problema del agua, compañeras y compañeros, es un problema de Estado, de las y los chihuahuenses; no admitiremos nunca, que pretendan desacreditarlo y partidizarlo como lo ha hecho el gobierno federal incluso, que ha utilizado como vocero a su Subsecretario de Seguridad Pública Ciudadana”, expresó.
Reiteró que desde el Congreso del Estado, se continuará con la defensa del agua y las causas ciudadanas y afirmó: “desde esta tribuna seguirán encontrándose con hombres y mujeres libres que apoyamos cuando la causa es justa; que disentimos cuando es necesario y que debatimos y defendemos con argumentos y del lado de la razón”.
Por otro lado, recalcó que cuando el Poder Legislativo avaló la Guardia Nacional, con reservas y modificaciones para que se tratara de un cuerpo con mando y actuación civil, no se pensó que esto desencadenaría en delitos que “merecen prisión preventiva oficiosa”.
“Las acciones emprendidas por titulares de dependencias y de la Guardia Nacional en el problema del agua, han sido erráticas desde un inicio. Han privilegiado el conflicto y la ganancia cero al dialogo, a la coordinación y a que todos sean beneficiados. Han optado por acciones que perjudican a todos con tal de mantener su postura, aun cuando la realidad los contradiga y se generen afectaciones generales, algunas sin posibilidad de remedio como la pérdida de la vida de Yessica Silva”, acotó.
Dijo que en el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se establece que tanto el presidente de la república como el gabinete en su totalidad, tienen la obligación de velar por la paz y la seguridad de la ciudadanía.
“El motivo expresó: las críticas del Gobierno del Estado a su participación en la custodia de diversas instalaciones cuya custodia es su responsabilidad constitucional, dado su carácter estratégico, generan un ambiente de confrontación que queremos evitar hasta donde sea posible; ¿cómo es posible que el gobierno federal pretenda faltar a un precepto constitucional nuevamente? La seguridad de las y los ciudadanos no debe desatenderse por desavenencias y el estado de ánimo del presidente”, puntualizó.
En última instancia, concretó que abandonar las mesas de coordinación en donde deben de estar los tres órdenes de gobierno, pone en grave riesgo los objetivos y los resultados establecidos; en las mesas de seguridad, las distintas autoridades comparten información, diseñan estrategias con base a los objetivos y para que puedan tener éxito, se requiere de la participación decidida de todos.
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Integrantes de la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso local, exhortaron a diversas autoridades del Estado, así como del Ayuntamiento de Ciudad Juárez para que se realicen las gestiones jurídico – administrativas necesarias, a efecto de que no se continúe con la autorización y/o permiso, así como que vigile e inhiba la extracción clandestina e ilegal comercialización de material de construcción.
Este Punto de Acuerdo de urgente resolución, fue presentado por el diputado Misael Máynez Cano del GPPES, quien detalló que también dentro de este documento, se solicita que se revise el depósito clandestino e ilegal de desechos tóxicos vertedero y soterramiento de todo tipo de restos y residuos humanos e industriales, y la invasión y posesión de diversas superficies de terreno por personas precaristas.
Determinó que este exhorto se dirige específicamente al Ayuntamiento de Juárez, al Presidente Municipal de la ciudad fronteriza, a la Secretaría del Ayuntamiento de Juárez, al Director de Asentamientos Humanos del Municipio de Juárez, al Director de Ecología del Municipio de Juárez y al Director de Seguridad Pública de Juárez.
En este sentido, dijo que las actividades ilegales y que se puedan determinar cómo conductas antisociales de imputación y judicialización en caso de su comprobación, se deberán llevar a cabo y ejercen sobre el predio rústico federal en vías de titulación definitiva denominado “El Tapo”, amparado con título de propiedad No. 219 expedido por la Secretaría de la Reforma Agraria de conformidad al Decreto Presidencial del 26 de abril de 1940.
Expresó que es necesario que el Reglamento Interior del Ayuntamiento de Juárez, así como el Reglamento de Ecología y Protección al Ambiente de Juárez, se observen y se apliquen en este caso concreto en mención, que se ubica en las inmediaciones del cruce del Eje Vial Juan Gabriel y Periférico Camino Real, entre la Carretera a Casas Grandes y el Banco de Materiales del Grupo Cementos de Chihuahua.
Mencionó que el predio rustico del cual se ha proporcionado ubicación y localización, no se puede enajenar, es decir su dominio de propiedad y/o posesión, no se puede transmitir y además, no se puede perder vigencia o validez por el transcurso del tiempo y afirmó que en ocasiones anteriores se alertó y pidió a la SEDATU que se expidiera el título de propiedad definitivo.
“Como sabemos la pandemia del coronavirus evidenció más que nunca la importancia de un sistema de seguridad y legalidad que asegure el bienestar social y de calidad de vida de los chihuahuenses y por lo que es necesario indicar que las normas a las que se debe sujetar la organización interior de los ayuntamientos y el funcionamiento de la administración pública de esta Entidad Federativa estableciendo el buen funcionamiento y forma de operación promoviendo la cultura institucional y respeto a la legalidad”, puntualizó.
Por último, dijo que estas acciones, buscan que se preserve la perspectiva de derechos humanos, así como los principios constitucionales y que se dicte para ello, las disposiciones generales o particulares que se requieran para su eficaz cumplimiento.
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Integrantes de la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso local, exhortaron a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, a fin de que se declare la alerta de violencia de género contra las mujeres en el Estado de Chihuahua.
Este Punto de Acuerdo de urgente resolución, fue presentado por el diputado Benjamín Carrera de MORENA, quien determinó que con antelación, se trabajó para la generación de dicha alerta y que con el confinamiento de personas causada por la pandemia del COVID-19, se generó un alto índice de violencia contra la mujer en todas sus modalidades.
Recordó que desde el primero de enero de 2020, se generó el acuerdo de admisibilidad por parte de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres y que posterior a ello, el 17 de enero del mismo año, se celebró la reunión de trabajo de la sesión permanente del grupo de trabajo encargado del estudio y análisis de la situación de los derechos humanos de las mujeres en el Estado de Chihuahua.
“Se elaboró por el grupo de trabajo al que se refiere el artículo 36 del Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia que se encargará de estudiar y analizar la situación que guardan los municipios de Juárez, Chihuahua, Cuauhtémoc, Parral y Guadalupe y Calvo del Estado de Chihuahua sobre los que se señala que existen violaciones a los derechos humanos de las mujeres, a fin de regir su propio funcionamiento”, continuó.
Expresó que desde el mes de enero a junio de la presente anualidad no generó ninguna acción para la Generar la alerta de género solicitada aún y que cuando en esta temporalidad se dio el confinamiento de personas causadas por la pandemia del covid-19 la cual generó un alto índice de violencia contra la mujer en todas sus modalidades.
Por último, recalcó que derivado del anterior y en atención a que los crímenes en contra las mujeres la expresión más grave violencia, debemos ser preventivos solicitar a la Comisión Nacional a través del grupo de trabajo se generen los mecanismos necesarios para erradicar el feminicidio.
“No es posible que a una sociedad tan lastimada como la chihuahuense por la desaparición de mujeres y niñas se omita por el estado mexicano a declarar esta alerta de género, la sentencia más relevante sobre feminicidio o violencia contra la mujer es la conocida como Campo Algodonero donde tres jóvenes juarenses fallecieron por la incomprensión de autoridades al no buscarlas en forma inmediata, estigmatizarlas, violentar sus derechos humanos y los de las familias como víctimas indirectas, finalmente concluir en que las investigaciones no estuvieron realizadas en tiempo y forma”, puntualizó.
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Integrantes de la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso local, exhortó al Ejecutivo Estatal para que adopten implementar programas de fumigación y prevención sobre la mordedura de garrapata que se ha presentado en el Estado de Chihuahua, y que representa un riesgo para la vida e integridad física de las personas.
Este Punto de Acuerdo de urgente resolución, fue presentado por el diputado Humberto Chávez Herrera del Partido MORENA, quien detalló que este documento se dirige a la Secretaría de Salud de la administración estatal, Comisión Estatal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios, Protección Civil Estatal y los 67 Ayuntamientos de Chihuahua.
Dentro de la exposición de motivos, dijo que la garrapata es un insecto que se puede ubicar frecuentemente en áreas verdes y que su reproducción, es durante los meses de primavera-verano, la principal característica es que le gusta encubarse en lugares obscuros, cálidos y húmedos, es por ello que se pueden adherir con facilidad al cuerpo, es portadora de bacterias que causan en diversos órganos vitales del ser humano, en ocasiones causan la muerte.
También, recalcó que es de suma importancia decir que en los últimos meses se han registrado 21 casos de picadura de garrapata y 9 defunciones y que la mayoría de estos casos, están registrados en las colonias más vulnerables de las ciudades, siendo los principales actores niños menores de 15 años.
“Considero que dicho problema tiene que ser combatido en conjunto con la ciudadanía para concientizar a los ciudadanos que desconocen de esta situación, para que se proceda a la limpieza de mascotas, y además se realice una limpieza exhaustiva de terrenos, casas habitación y destilichadero de las mismas”, expresó el legislador.
Condenó la falta de interés de las autoridades competentes y del seguimiento por los distintos órganos de gobierno estatal.
En última instancia, determinó que: “los pacientes que son tratados por picadura de garrapata que son menores de edad el tratamiento es Doxiciclina en ampolleta y este medicamento está agotado en el país y en las instituciones de salud se les da la receta a los familiares de los pacientes para que lo consigan, hago un llamado a la secretaría de Salud para que tome las medidas pertinentes”.
Cabe mencionar que de igual manera, se pidió a la Secretaría de Salud Estatal que se verifique si se cuenta con el medicamento para la picadura de garrapatas en nuestra entidad.
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Integrantes de la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso local, exhortó a la Comisión Nacional del Agua y al Consejo de la Cuenca del Río Bravo, para que emita y dé a conocer el Programa Integral del Manejo del Río Bravo 2020-2040, que permita conocer con claridad las condiciones y el diagnóstico de la cuenca, lo que coadyuvará a resolver la crisis hídrica del Estado de Chihuahua y del resto de las entidades que integran dicha cuenca.
Este Punto de Acuerdo de urgente resolución, fue presentado por Miguel Ángel Colunga de MORENA, quien determinó que de igual manera, se pretende que se mejore la coordinación entre los Estados y regiones que pretenden la Cuenca del Río Bravo en cuanto a recopilación, intercambio y transparencia de información.
Dijo que lo anterior, promoverá la urgencia en cuanto a la emisión y publicación del Reglamento de Disponibilidad, Distribución de las Aguas de la Cuenca del Río Bravo, ante la Comisión Nacional del Agua.
“Nuestro país y en específico Chihuahua, enfrenta una severa crisis del recurso hídrico, producto principalmente de un mal manejo y regulación de administraciones anteriores. Esta crisis del agua ha orillado a que el concepto de seguridad hídrica tome relevancia en las principales agendas internacionales; la seguridad hídrica depende no solo de condiciones ambientales y de infraestructura sino de factores sociales, institucionales y de políticas públicas, englobados en una gobernanza adecuada”, detalló en tribuna.
Dijo que en un clima de presiones internacionales y climáticas, no se debe de tensar las relaciones dentro del país, y que se debe de buscar las instancias y mecanismos de diálogo correspondientes, que la situación de crisis social que ha generado en el estado y principalmente en la región centro sur, motivado por el cumplimiento al Tratado de Aguas Internacional entre México y Estados Unidos firmado en 1944.
“Si bien no es un problema de la competencia legislativa local, el tema del agua es prioridad en nuestra agenda legislativa. Somos sensibles al sentir de los productores, y nos ocupa el promover y realizar en la esfera de nuestra competencia todos los actos lícitos posibles para contribuir a la solución del conflicto”, continuó Colunga en tribuna.
Recalcó que la Ley de Aguas Nacionales es reglamentaria del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de aguas nacionales y que el Consejo de Cuenca, son órganos colegiados de integración mixta, que serán instancia de coordinación y concertación, apoyo, consulta y asesoría, entre la Comisión Nacional del Agua, lo que incluye al organismo mencionado, las dependencias y las entidades de las instancias federal, estatal o municipal, y los representantes de los usuarios de agua y de las organizaciones de la sociedad, de la respectiva cuenca hidrológica o región hidrológica.
Además de esto, señaló que en 1994, se suscribió un acuerdo de coordinación por el Ejecutivo Federal y los Ejecutivos de los Estado de Coahuila, Chihuahua, Nuevo León, Tamaulipas y Durango para que se concertaran acciones sobre el ordenamiento de la explotación, uso y aprovechamiento de las aguas nacionales, así como el saneamiento y uso eficiente del agua de la Cuenca del Río Bravo, conforme lo establece la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento.
“Después de 26 años, el Consejo de Cuenca Río Bravo no cuenta con un Programa Integral de Manejo de la Cuenca, que sea ciudadanizado, monitoreado y evaluado, tampoco se tiene un Reglamento de disponibilidad, distribución de las aguas de la Cuenca del Río Bravo”, puntualizó.
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La Sexagésima Sexta Legislatura de Chihuahua, aprobó de manera urgente la iniciativa presentada por la diputada de Movimiento Ciudadano, Rocio Sarmiento, en la cual se exhortó al Delegado de la Secretaría de Bienestar del Gobierno Federal en esta entidad, para que, sea aplicado de manera inmediata, el restante del presupuesto asignado a Chihuahua en los programas federales destinados al desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas.
Asimismo, se requirió que en el caso del presupuesto no ejercido durante los trimestres anteriores a septiembre-diciembre, sea también aplicado a la brevedad, con la finalidad de atender las necesidades de los pueblos originarios en el Estado de Chihuahua.
De la misma manera, se hizo el llamado para que gestione ante las instancias competentes de la administración pública federal, recursos extraordinarios para ser destinados al mismo propósito, que se garantice la solución de los requerimientos esenciales de trabajo y alimentos que manifiestan los habitantes de los pueblos indígenas.
El llamado se hizo extensivo al Ejecutivo Federal, a fin de que del presupuesto proyectado para el año 2021, en el Anexo 10, el cual contempla las Erogaciones para el Desarrollo Integral de los Pueblos y Comunidades Indígenas, y que considera una cantidad cercana a los 29 mil millones de pesos en diversos ramos, destine para Chihuahua un porcentaje dos veces mayor al asignado en 2020, con el objetivo de resolver la difícil situación que vive la población indígena de la Entidad, ante el alto grado de marginación y pobreza que sin duda se acentuará, como consecuencia de la falta de fuentes de empleo, de la nula producción agrícola, y del deterioro forestal de la Sierra chihuahuense.
Dentro de la exposición, la Legisladora agregó que un grupo de aproximadamente 200 indígenas rarámuris provenientes de la región de Bocoyna, emprendieron la denominada Marcha del Trabajo desde el poblado de Creel, en la Sierra Tarahumara, hacia la capital del Estado para exigir alternativas de empleo.
“Una de las razones principales entonces expuestas por los pobladores de las comunidades indígenas, y que no es exclusivo de ellos ahora, es que la sequía prolongada en todo el Estado, que afecta de manera especial a la sierra de Chihuahua, impacta directamente a la agricultura de autoconsumo debido a la imposibilidad de almacenar el agua; por esa razón y ante la experiencia histórica de que los apoyos con paquetes de alimento son efímeros e insuficientes, solicitaron desde entonces que se les incluya en programas federales de empleo temporal o autoempleo como los que se aplican en comunidades indígenas del sur del país, entrega de ganado y fertilizantes, así como apoyos para construcción de vivienda”, continuó.
Es por lo antes mencionado, que se hizo un llamado enérgico a las instancias federales, para que se dé atención al problema señalado y externado por integrantes de los pueblos y comunidades indígenas del Estado de Chihuahua.