– En lo relativo a la integración de la Junta de Gobierno de dicho Centro
En Sesión Ordinaria de la Sexagésima Sexta Legislatura, dentro del Tercer Año de Ejercicio Constitucional, integrantes del Congreso de Chihuahua aprobaron reformar y derogar, una serie de disposiciones de la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado.
Lo anterior, con la finalidad de armonizar la legislación local con la Ley Federal del Trabajo, y atender la sugerencia del Consejo de Coordinación, señaló el diputado Misael Máynez Cano, encargado de presentar al Pleno, el dictamen emanado de la Junta de Coordinación Política, para la votación de las y los diputados.
Dentro de la adecuación realizada, se derogó el artículo 11 de la Ley mencionada y se reformó el artículo 10 para quedar de la siguiente manera:
La junta de Gobierno es el órgano máximo de decisión y establecimiento de políticas del Centro y se compondrá por cinco integrantes:
I. a III. …
IV. La persona titular del Instituto de Justicia Alternativa del Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
V. La persona titular del Instituto Chihuahuense para la Transferencia y Acceso a la Información Pública.
VI y VII derogados.
Por último, el Legislador mencionó que en lo relativo al Decreto por el que se expide la Ley citada, se reformaron los artículos transitorios Segundo y Quinto, por lo que se determinó que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social adoptará las medidas pertinentes para la instalación de la Junta de Gobierno, acorde a los términos y plazos que determine el Grupo Interinstitucional para la Implementación de la Reforma Laboral para el Estado y que el Centro de Conciliación Laboral, comenzará a prestar el servicio público de conciliación en la fecha que determine dicho Grupo, de acuerdo a los procedimientos establecidos en la ley Federal del Trabajo para tales efectos.
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– Del Poder Legislativo y de los Organismos Públicos Autónomos
La Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado, creó la Comisión Especial encargada de realizar las actividades de selección de aspirantes a titulares de los Órganos Internos de Control del Poder Legislativo y de los Organismos Públicos Autónomos.
Dicho grupo estará conformado por las diputadas Blanca Gámez Gutiérrez, Rosa Isela Gaytán Díaz y Rocio Sarmiento Rufino, así como por los diputados Benjamín Carrera Chávez y Misael Máynez Cano.
El Decreto fue presentado por el legislador Fernando Álvarez Monje, presidente de la Junta de Coordinación Política, quien señaló que la función de la Comisión, es realizar las actividades de selección de aspirantes a titulares de los órganos internos de control mencionados.
Para finalizar, destacó que para la conformación, se tomaron en cuenta los principios de paridad de género y pluralidad política, pues quedó integrada por las diputadas y los diputados pertenecientes a distintas fuerzas políticas representadas en el Poder Legislativo.
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La Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso de Chihuahua, reformó la Ley del Notariado del Estado, con la finalidad de dotar de claridad al texto normativo; así como modificar algunos supuestos que requieren variar su reglamentación o bien, complementarla.
Fue el diputado Miguel La Torre Sáenz, Presidente de la Comisión Primera de Gobernación y Puntos Constitucionales, quien presentó el Dictamen de Decreto ante el Pleno Legislativo, para su votación.
Dentro de la exposición, señaló la importancia de fortalecer la función que realizan las notarías, ya que la mayoría de las personas en algún momento de su vida, requieren de la intervención notarial para efectuar actos jurídicos que repercutan en su patrimonio y en otros bienes jurídicos tutelados, cuya protección asegura la convivencia social armónica.
Dado a lo anterior, se reformaron los artículos 19, párrafo segundo; 27, párrafo tercero; 29, 37, párrafo tercero; 42, párrafo primero; 77, párrafo séptimo; 135, párrafo primero y 194, fracción XXVII; se adiciona al artículo 194, la fracción XXVIII, todos de la Ley del Notariado del Estado de Chihuahua.
Entre las adecuaciones, resalta el que la o el Notario Público, será aquella persona profesional del Derecho a quien se le confiere de Fe Pública por la persona titular del Ejecutivo del Estado, que tiene a su cargo recibir, interpretar, redactar y dar forma legal a la voluntad de quienes acuden ante su presencia para dotar de autenticidad y certeza jurídica los actos y hechos que le soliciten, mediante la consignación de los mismos en los instrumentos públicos que al efecto elabore y autorice.
También se determinó que ante las ausencias de las personas titulares de la Dirección y del Departamento, les suplirá en las funciones quien ocupe la titularidad del Departamento Registral, en los términos de la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado.
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Integrantes de la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso de Chihuahua, exhortaron al Ejecutivo Estatal, al Instituto Estatal Electoral, así como a los 67 municipios de la entidad, para que, a través de sus áreas competentes en materia de adquisiciones, y en uso de sus facultades y atribuciones, promuevan la adquisición de bienes muebles con alta eficiencia energética, en sustitución de aquellos que utilizan combustibles fósiles.
Lo anterior, conforme a las disposiciones de la Ley General de Cambio Climático y la Ley de Cambio Climático del Estado de Chihuahua.
“Un componente importante de toda política pública, en congruencia con los objetivos del desarrollo sostenible, debe ser garantizar el uso de energías asequibles, seguras, sostenibles y modernas, a efecto de combatir los efectos del cambio climático”, señaló la diputada Ana Estrada García, secretaria de la Comisión de Obras, Servicios Públicos y Desarrollo Urbano, encargada de dictaminar el asunto en materia.
Estrada señaló que es importante enviar un exhorto a las instancias antes mencionadas, con la finalidad de que éstas adopten, promuevan y prioricen el uso de bienes muebles que cuenten con alta eficiencia energética en sustitución de aquellos que utilizan combustibles fósiles, como lo son vehículos híbridos o eléctricos.
Para finalizar, agregó que la iniciativa que da fundamento al exhorto en la materia, pretendía modificar algunos artículos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios Públicos, sin embargo, en el artículo 21, fracción III de dicha Ley, al hablar de la planeación (uno de los componentes más importantes en la materia), señala que esta deberá “considerar de manera jerarquizada las necesidades estatales y municipales, así como de beneficio económico, social y ambiental que se presenten”, por lo que aunque de forma indirecta, esta norma sí contempla el deber que tienen los sujetos obligados de observar las disposiciones en el rubro que hoy preocupa a los iniciadores.
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El Poder Legislativo de Chihuahua, reformó el artículo 85 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios Públicos del Estado, a fin de generar mayor certidumbre jurídica respecto a las facultades, funcionamiento y el actuar de los entes públicos en la aplicación de dicho ordenamiento.
La Ley antes citada, tiene por objeto regular la planeación, programación, presupuesto, contratación, gasto, ejecución, control y evaluación de las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, que realicen los entes públicos, entendiéndose por estos: los tres Poderes del Estado, los municipios, los órganos constitucionales autónomos, los organismos descentralizados estatales y municipales, las empresas de participación estatal o municipal mayoritaria, así como los fideicomisos en los que cualquiera de los entes anteriores tenga el carácter de fideicomitente, informó la diputada Rocío González Alonso, presidente de la Comisión de Obras, Servicios Públicos y Desarrollo Urbano.
Dicha modificación se da, debido a la necesidad de generar mayor certidumbre jurídica y claridad para los entes públicos en la aplicación de la citada Ley, particularmente en lo que se refiere la constitución de garantías.
Por ello, la adecuación realizada establece lo siguiente:
Artículo 85. Las garantías que deban otorgarse conforme a esta Ley se constituirán conforme a lo siguiente:
I. A favor de la Secretaría, por actos o contratos que se celebren con el Poder Ejecutivo del Estado.
II. A favor de los demás entes públicos, cuando los actos o contratos se celebren con ellos o, en su caso, de los órganos encargados de atender todo lo concerniente a su administración financiera y fiscal.
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Con la aprobación del Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de ordenamientos estatales, se expedirán las declaraciones de nacimiento a través de módulos del Registro Civil instalados en todos los hospitales, sanatorios y/o clínicas en la Entidad.
Como bien sabemos, la necesidad del registro de los nacimientos, proviene del derecho humano a la identidad, el cual genera una importancia absoluta, toda vez que del mismo derivan otros derechos fundamentales, señaló la diputada Marisela Terrazas Muñoz, presidente de la Comisión de Juventud y Niñez.
“Dicho registro hace prueba de la existencia de una persona en la sociedad, y establece líneas de parentesco, toda vez que contempla el nombre propio y apellidos, el de sus progenitores, sus abuelas y abuelos, la fecha de su nacimiento, sexo y nacionalidad”, agregó.
Es decir, toda niña y niño, desde su nacimiento, tienen derecho a poseer una identidad, un nombre y apellido, así como una nacionalidad, derechos que obtiene a través del registro de nacimiento y que además les da acceso a diversos servicios necesarios para el desarrollo de su vida.
Por todo lo antes señalado, es que las y los diputados integrantes de la Sexagésima Sexta Legislatura, reformaron el Código Civil del Estado, la Ley Estatal de Salud, Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y el Código Penal, todos ordenamientos estatales, con la finalidad de que todo nacimiento que ocurran en instituciones de salud en la Entidad, sean registrados antes de abandonar dichos establecimientos, en los módulos Auxiliares Registrales establecidos para ello, en coordinación y en los formatos establecidos por la Dirección del Registro Civil.
Por último, Terrazas Muñoz agregó que para la instalación de los módulos en mención, la Secretaría de Salud, deberá destinar un espacio físico, con personal a su cargo para realizar el registro de nacimiento de las personas recién nacidas, antes de abandonar dichos establecimientos.
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El Congreso del Estado determinó el libre acceso y permanencia en espacios de uso público, de propiedad privada o pública, a los perros de asistencia de personas con discapacidad; de lo contrario serán acreedores a una multa de 2 mil a los 4 mil pesos; esto luego de reformar la Ley para la Inclusión y Desarrollo de las Personas con Discapacidad en el Estado de Chihuahua.
La reforma en mención, incluye el acceder y circular en cualquier medio de transporte de pasajeros que preste servicios en el territorio estatal, sea gratuito o remunerado, público o privado, individual o colectivo; señaló la diputada Deyanira Ozaeta Díaz, presidente de la Comisión dictaminadora de Atención a Grupos Vulnerables.
De esta forma la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, encargada del análisis del dictamen que da vida a dicha reforma, asegura la eliminación de barreras físicas y otras de carácter institucional o social que imposibilitan la plena e igualitaria participación de personas con discapacidad en la vida comunitaria.
Para lograr lo antes señalado, se modificaron los artículos 7, fracción IX y 62, fracción II; se adicionan al artículo 7, fracción IX, los incisos a), b) y c), ambos de la Ley para la Inclusión y Desarrollo de las Personas con Discapacidad en el Estado de Chihuahua, mismos que quedan redactados en los siguientes términos:
Artículo 7. …
I a VIII. …
IX. Libre acceso y permanencia en espacios de uso público, sean de propiedad privada o pública, que además comprende:
a). Hacer uso de apoyos o ayudas técnicas.
b). Acompañamiento permanentemente por un perro de asistencia, permitiéndole el acceso a todo edificio, construcción o infraestructura.
c). Acceder y circular en cualquier medio de transporte de pasajeros que preste servicios en el territorio estatal, sea gratuito o remunerado, público o privado, individual o colectivo.
X a XI. …
Artículo 62. …
I. …
II. Multa equivalente al valor diario de 30 a 50 Unidades de Medida y Actualización, a los prestadores en cualquier modalidad del servicio público o privado que nieguen, impidan u obstaculicen el uso del servicio a personas con discapacidad y a su perro de asistencia, si es el caso; o que no cumplan con las adaptaciones requeridas por la presente Ley.
III a IV. …
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Luego de reformar la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Chihuahua, el Poder Legislativo Estatal promulgó que las niñas, niños y adolescentes, gozarán del derecho de acceso universal a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e Internet, luego de reformar.
La diputada Rocio Sarmiento Rufino, en representación de la Comisión de Juventud y Niñez, señaló que de este manera se garantizará el acceso y uso seguro del Internet, como medio efectivo para ejercer los derechos a la información, comunicación, educación, salud, esparcimiento, no discriminación, entre otros, de conformidad con el principio de interdependencia, en términos de las disposiciones aplicables.
Las y los diputados que integran la Comisión de Juventud y Niñez, señalan que el Estado garantizará a niñas, niños y adolescentes su integración a la sociedad de la información y el conocimiento, acorde a los fines establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mediante una política de inclusión digital universal en condiciones de equidad, asequibilidad, disponibilidad, accesibilidad y calidad.
Por otro lado, determinaron que las madres, padres y quienes tengan a su cargo el cuidado de niñas, niños y adolescentes, instruirán el conocimiento y uso responsable de las tecnologías de la información y comunicación, y deberán velar para que los riesgos derivados del acceso a tal derecho, no afecten o impidan objetivamente su desarrollo integral, por lo que, en caso de que se vulneren sus derechos, ejercerán las acciones legales y medidas pertinentes para garantizar el interés superior de la niñez.
Todo lo anterior fue posible al adicionar al Título Segundo, el Capítulo Vigésimo denominado “Derecho de Acceso a las Tecnologías de la Información y Comunicación” que contiene los artículos 106 Bis, 106 Ter y 106 Quáter; de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Chihuahua.
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La Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado, exhortó a los 67 Municipios de la Entidad, a que busquen alternativas que apoyen la actividad laboral de los profesionistas de la música, lo que autoriza su ejercicio en eventos tradicionalmente festivos con base en los lineamientos de seguridad establecidos por las autoridades competentes, ante la contingencia sanitaria provocada por la expansión del coronavirus SARS-CoV2.
La petición se hizo para que dicha acción, se realice en coordinación con las autoridades de salud del Gobierno Federal y del Estado, con la intención de evitar que se vea afectada la economía de sus respectivas familias y de la Entidad; de acuerdo a lo señalado por la diputada Patricia Jurado Alonso, en representación de la Comisión de Economía, Turismo y Servicios.
Por otra parte, es importante señalar que la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud de Gobierno del Estado, dio a conocer que el avance en la semaforización para la reapertura de las actividades se decidiría a nivel estatal y tendría además consideraciones específicas para regiones y municipios.
Para Chihuahua se definió una regionalización para la reapertura económica, social, y la planeación, la cual se derivó de un trabajo integral de las secretarías estatales de Innovación y Desarrollo Económico, Trabajo y Previsión Social, y Salud, para analizar la cantidad de personas en circulación que detonaría la reapertura de cada actividad, y compararla con la capacidad hospitalaria del Sistema Estatal de Salud, para elaborar los porcentajes fijados.
De lo anterior, se puede observar que a través del semáforo que se implementa en el Estado, se ha permitido reactivar poco a poco la economía, sin descuidar lo primordial que es la vida y la salud de las personas, pues su objetivo ha sido establecer las medidas de mayor alcance para Chihuahua, en respeto de las disposiciones generales del Gobierno Federal a efecto de no poner en riesgo a la población.
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Diputados a la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado, convocaron a la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), sancione a los propietarios de supermercados y demás distribuidores que incrementen los precios de productos que correspondan a la canasta básica, de forma excesiva y sin justificación alguna.
Este dictamen con carácter de acuerdo, fue presentado ante el Pleno por la diputada Patricia Gloria Jurado, integrante de la Comisión de Economía, Turismo y Servicios.
Además, deberá cerciorarse que durante la duración de la contingencia sanitaria actual, que los proveedores de bienes y servicios relacionados con la prevención y mitigación de la propagación del virus coronavirus SARS-COV-2, especialmente los productos de higiene personal como máscaras, cubre bocas y productos antibacteriales, en sus diversas presentaciones, no incrementen injustificadamente precios con el objeto de obtener un lucro indebido.
Es menester señalar que la PROFECO dio a conocer los precios promedio de algunos productos de la canasta básica, a efecto de evitar perjudicar la economía de las familias mexicanas, por lo cual señaló que aquellos establecimientos que decidan aumentar precios de forma injustificada, principalmente en productos de consumo básico, serán sancionados hasta con tres millones de pesos
Al respecto los legisladores que integran la Comisión de Economía, Turismo y Servicios, coincidieron en que es importante que se conserven precios promedio en los productos básicos, pues debe darse una responsabilidad en los vendedores, y respetar los precios, ya que existe una suficiente producción de los mismos, por lo que es innecesario aumentarlos.
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Los integrantes de la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso local, aprobaron los dictámenes correspondientes a las cuentas públicas y estados financieros de entes fiscalizables, correspondientes al ejercicio fiscal 2018.
Esto, fue presentado ante el Pleno por los diputados: Rocio Sarmiento, Misael Máynez y Miguel Ángel Colunga, integrantes de la Comisión de Fiscalización, quienes determinaron que los antes mencionados, fueron revisados y aprobados durante la reunión de trabajo realizada el 30 de diciembre del 2019.
En lo que respecta a las cuentas públicas que fueron aprobadas sin observaciones, estuvieron: Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte para el Municipio de Chihuahua (IMCFD) y Balleza.
Por otra parte, a los entes fiscalizables con observaciones, se notificará por parte del Poder Legislativo a la Auditoría Superior del Estado para que, con las instancias correspondientes, presente las denuncias administrativas y/o penales.
Al municipio de Dr. Belisario Domínguez, donde se le señalaron que las retenciones y contribuciones por pagar a corto plazo al Servicio de Administración Tributaria, no se pagaron en tiempo y forma.
Al municipio de Nonoava, se le cuestionaron el pago de servicios de traslado y viáticos, así como otros servicios de traslado y hospedaje no justificados; retenciones y contribuciones por pagar a corto plazo al Servicio de Administración Tributaria, no se pagaron en tiempo y forma; diferencias económicas por conceptos pagados no ejecutados en la construcción de unidad médica rural y en tanque de concreto.
Por último, al municipio de Rosales, dado a que se le registró señalamientos por retenciones y contribuciones por pagar a corto plazo al Servicio de Administración Tributaria, no se pagaron en tiempo y forma.
Cabe señalar que todos los dictámenes presentados en Sesión Ordinaria, por integrantes de la Comisión de Fiscalización del Congreso de Chihuahua, corresponden al periodo comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre del 2018.
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Integrantes de la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso local, exhortaron al Ejecutivo Federal a través de la titular de la Comisión Nacional de Agua, que establezca las facilidades administrativas para la renovación de los títulos de concesión o asignaciones de aguas nacionales.
Este Punto de Acuerdo de urgente resolución, fue presentado por el diputado Miguel Ángel Colunga de MORENA, quien determinó que actualmente los volúmenes registrados en los títulos de concesión y asignación de aguas nacionales vencidos, están considerados en los estudios de actualización de la disponibilidad de agua en cuencas y acuíferos.
Además de esto, dijo que resulta factible que la Autoridad del Agua los otorgue nuevamente, en términos de las disposiciones aplicables, a efecto de proteger y conservar cuencas hidrológicas y acuíferos, así como promover el uso eficiente de los recursos hídricos.
Expresó que, el programa tenga como propósito el regularizar los títulos de concesión y asignación de aguas nacionales, el respectar los volúmenes de extracción de agua que se han utilizado, así como brindar certeza jurídica a los usuarios de dichas aguas frente a la autoridad.
“Lo que permitirá a las personas productoras, gozar del beneficio de programas y proyectos que ofrece la Secretaría de Agricultura, Comisión Federal de Electricidad, entre otras instituciones de Gobierno Federal y Estatal, donde el requisito básico es la vigencia de su concesión de agua”, mencionó ante el Pleno.
De igual manera, recalcó que este acuerdo se enviará una copia certificada a fin de que coadyuve en la implementación del citado programa al Director Local de la Comisión Nacional del Agua en el Estado de Chihuahua.
“En México, los volúmenes de agua concesionados para la producción de alimentos provienen en un 36 por ciento de acuíferos y el resto, se almacena en presas o se deriva de los ríos; la superficie bajo riesgo está compuesta por 86 distritos de riesgo que cubren 2.5 millones de hectáreas y aproximadamente 40 mil unidades de riego que cubren 3.6 millones de hectáreas”, detalló Colunga.
Dijo que uno de los problemas centrales del sector hídrico en México, es el deterioro cuantitativo y cualitativo del agua en cuencas y acuíferos, de los 653 acuíferos, 115 presentan una situación de sobreexplotación. Adicionalmente, 17 de estos, registran intrusión salina y 32 tienen problemas de salinización de suelos y aguas salobres.
“El agua del subsuelo, se está agotando debido a la sobre extracción de los mantos acuíferos y por el uso indebido que se le da al recurso agua; situación que es objeto de preocupación por la incertidumbre que genera a los productores, principalmente del norte del país, donde las actividades primarias y los ingresos de las familias se sustentan en la agricultura”, puntualizó.