Aunque suene indignante para muchos, el principio de presunción de inocencia sigue siendo un pilar del Estado de derecho. Legalmente, mientras una persona no haya sido condenada en sentencia firme, no se le pueden confiscar definitivamente sus bienes, a menos que se demuestre que están directamente relacionados con actividades ilícitas.
1. Los bienes fueron “asegurados”, no decomisados
La diferencia es clave:
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Asegurar: es una medida preventiva. Los bienes se resguardan mientras avanza la investigación, para que no se vendan o desaparezcan.
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Decomisar: es una sanción que solo puede aplicarse tras una condena.
Hasta ahora, no hay una sentencia definitiva que permita a la Fiscalía quedarse legalmente con esos bienes.
2. La Fiscalía debe cuidar los bienes asegurados
Cuando una autoridad asegura un bien, tiene la obligación de mantenerlo en condiciones similares a como fue incautado. Si lo pierde, lo daña, o lo deja deteriorarse, incurre en responsabilidad administrativa e incluso penal.
3. Si no están relacionados con el delito, deben devolverse
El abogado de Duarte alega que muchos de los bienes no tienen relación directa con los delitos por los cuales está acusado. Por ley, si esto es cierto, no hay razón legal para que las fiscalías los retengan.
¿Y la indignación social?
Es totalmente comprensible. La percepción de que un político acusado de corrupción puede recuperar propiedades millonarias mientras sigue su juicio es frustrante. Pero ese es precisamente el reto del sistema judicial: actuar conforme a derecho, incluso cuando las emociones y la opinión pública digan otra cosa.
La solución real no está en violar derechos, sino en mejorar la calidad de las investigaciones, acelerar los procesos judiciales y garantizar sanciones ejemplares cuando haya pruebas y condenas firmes.







