Oscar A. Viramontes Olivas
Una de las características fundamentales de los pueblos en cualquier punto cardinal en nuestro país, son las que tienen que ver con las fiestas basadas en costumbres y distintas culturas, basadas en aniversarios o festejos de algún santo y en la ciudad de Chihuahua no era la excepción, pues la llamada “feria” anual que se efectuaba en la semana correspondiente de los días 15 y 16 de septiembre de cada año, la cual se atribuía generalmente a la solemnidad de las fiestas patrias, suponiéndose que deben su origen a la costumbre seguida desde que principió a conmemorarse el “grito de Dolores”.
En estos datos existían opiniones erróneas por completo como lo demuestra el curioso documento fechado en el año de 1771, que me gustaría en esta ocasión compartirles a continuación y dice lo siguiente: “Las fiestas anuales que entonces principiaban el 30 de septiembre y no del 11 al 13 como se acostumbraba desde hace más de medio siglo, se celebraban para regocijo de los habitantes del Real de San Felipe El Real de Chihuahua en honor del padre San Francisco de Asís, patrono de la villa por deber esta su origen a la humilde misión de monjes de la orden de San Francisco.
Las fiestas de septiembre y octubre en el primitivo Chihuahua del siglo XVIII, consistían en grandes corridas de toros en la “Plaza Mayor ” (hoy la de Armas), que era transformada temporalmente en coso taurino y donde acudían todos los vecinos sin distinción de castas sociales y la verdad se llegaba hacer tales desmanes, que los concurrentes al cometerlo de manera severa y grave, la justicia mayor de su “Majestad” en la villa, se veía obligado a amonestar previamente por bando al vecindario, amenazando con pena de cárcel a cualquier español infractor y con tremenda azotada en la picota que eran columnas de piedra que se le daba a la gente de color (aquí sin duda se notaba mucho el racismo).
Como a la feria concurría una multitud de gente operaría de las minas y haciendas cercanas, y para quienes decía la autoridad que no hay otra diversión que la del juego, teniendo en cuenta que de no permitirlo, sería dar margen a que se salieran a los graceros, barrancos y despoblados a ejecutarlo, por lo que se autorizaba todo juego lícito en la plaza de la Constitución, solamente para que los “jueces» vigilaran e impidieran desórdenes, ofensas contra Dios Nuestro Señor y otros excesos, que podían cometerse jugando fuera del radio de acción de los corchetes y alguaciles.
La costumbre hacía ley y he aquí el por qué las fiestas eran en honor del “Seráfico San Francisco,” las que habían perdurado por más de doscientos años, ya que en 1710, se verificaban en el novísimo pueblo de San Francisco de Chihuahua y convertidas en aditamento de las “fiestas patrias», que se celebraban para recreo y diversión de las clases populares, las autoridades intervenían para evitar mayores males y por respeto a la tradición, seguían la misma conducta de la “Justicia mayor”, permitiendo en lugares públicos los juegos que no prohíbe la ley, bajo el ojo avizor del moderno gendarme y policía secreto, sucesores del alguacil y el corchete de antaño (Pieza de madera con unos dientes de hierro, con la que los carpinteros sujetan el madero que han de labrar).
En el día 30 de septiembre se daba principio a las fiestas anuales donde las corridas de toros eran el centro de la diversión en la Villa de San Felipe, ya que el H. Ayuntamiento tenía la costumbre de celebrarlas para regocijo común de sus habitantes y en honor al Seráfico Padre San Francisco de Asís su patrono, práctica establecida donde se lidiaban toros en la hermosa plaza de Armas, sobre todo, que se efectuara con el mayor lucimiento y quietud posible, consistiendo ésta en que no se maltratara el ganado que iba a ser parte del espectáculo, porque además de quitar la diversión al público, se infería en graves perjuicios al abastecedor o dueño de dichos animales, ya que se corría el riesgo de afectarlos y las consecuencias es que ya no se podrían utilizar, debido a las profundas heridas que se les hacían.
Para evitar semejante daño, se tuvo que dar una orden y advertencia para que cada persona atendiera esta indicación, ya que cada “valiente” que asistiera a dichas corridas, no llevara chuzo (látigo hecho de vergajo o cuero retorcido que se afina hacia la punta), garrocha (vara larga rematada en una punta de metal en uno de sus extremos, especialmente la que se usa para dirigir animales en el campo), lengüeta o rajón con que se pudieran lastimar o picar los toros, especial y particularmente los toretes o cosos antes de toreados en la plaza, ni después de toreados, así mismo, que los animales entraran y salieran sin ningún incidente por los parajes acostumbrados, sin golpearlos ni lesionarlo, colearlos, ni picarlos a la entrada ni salida, con lo que se excusará y evitará el que se corten, desparramen o aparten y que resulten otros daños, bajo la pena de que los que hicieran caso omiso, serían castigados con dos meses de cárcel, además de pagar el daño a los dueños de los animales, y si una persona era de color y cometía alguna de estas faltas, se le darían cien azotes.
Así mismo, se mandó que ni de día ni de noche, ninguna persona sea de la calidad que fuere, entrara ni transitara por atrás de los entablados (ruedo) a caballo, para que no se interrumpa el paso a la gente que lo hace a pie, porque de esto, puede resultar en algunas desgracias porque se podría atropellar a las creaturas y sobre todo la obstrucción del paso de la gente, esto, bajo la misma pena hacia el español con dos meses de cárcel y 100 azotes para para la gente de color, tomando en cuenta que los asistentes a estas fiestas era gente operaría de las minas y haciendas a quienes no se les conocía otra diversión que la del juego y que de no permitírseles que jugaran en esos días, sería dar margen a que se saliesen a los parajes, barrancos y despoblados en los márgenes del río Chuvíscar, donde era imposible para la autoridad poder acudir para evitar desórdenes, ofensas contra Dios Nuestro Señor y otros excesos que ejecutarían en semejantes parajes.
“He venido a conceder como concedo que jueguen públicamente todo juego lícito (comenta el corregidor Juan Antonio Marino) con tal de que todas las personas que les guste el juego, lo hagan en la plaza de Armas para que los señores jueces de la autoridad, estén a la mira de las ocurrencias. Velen y celen el evitar los desórdenes, excesos, quimeras y alborotos que frecuentemente se producen en los juegos, en casas y parajes privados, de modo que ni en las mesas de trucos ni en los callejones ni en otras casas, se junten ni puedan juntar para tales juegos, sino precisamente en la plaza como queda prevenido bajo el apercibimiento de que se procederá contra los transgresores, dando a lo que haya lugar en la administración de justicia y poniéndoseles las penas establecidas.
Además, para que llegue la noticia a todos y ninguno alegue ignorancia, se mandará replicar por “Bando” (ordenanza o disposición reglamentaria que se publicaba en nombre de una autoridad civil o militar) en los parajes públicos acostumbrados (el Chuvíscar, la Alameda Guadalupe, entre otros) el día 29 de septiembre al salir de misa, fijándose un tanto en las puertas de las casas de Ayuntamiento para su debida observancia y es dado en esta Villa de San Felipe el Real en septiembre 28 de 1771, doy fe.
La fiesta de San Francisco de Asís en la Villa de San Felipe el Real, forma parte de los archivos perdidos de las Crónicas de mis Recuerdos. Si usted desea adquirir la colección de Archivos Perdidos de las Crónicas Urbanas de Chihuahua: tomos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y IX, llame al cel. 614 148 85 03 y con gusto lo orientamos o bien, adquiéralos en Librería Kosmos (Josué Neri Santos No. 111); La Luz del Día (Blas Cano De Los Ríos 401, San Felipe) y Bodega de Libros.
Fuentes:
Periódico: El Noticioso de Chihuahua (1835).
Imagen: Francisco de Goya.
Fototeca INAH-Chihuahua.
En estos datos existían opiniones erróneas por completo como lo demuestra el curioso documento fechado en el año de 1771, que me gustaría en esta ocasión compartirles a continuación y dice lo siguiente: “Las fiestas anuales que entonces principiaban el 30 de septiembre y no del 11 al 13 como se acostumbraba desde hace más de medio siglo, se celebraban para regocijo de los habitantes del Real de San Felipe El Real de Chihuahua en honor del padre San Francisco de Asís, patrono de la villa por deber esta su origen a la humilde misión de monjes de la orden de San Francisco.
Las fiestas de septiembre y octubre en el primitivo Chihuahua del siglo XVIII, consistían en grandes corridas de toros en la “Plaza Mayor ” (hoy la de Armas), que era transformada temporalmente en coso taurino y donde acudían todos los vecinos sin distinción de castas sociales y la verdad se llegaba hacer tales desmanes, que los concurrentes al cometerlo de manera severa y grave, la justicia mayor de su “Majestad” en la villa, se veía obligado a amonestar previamente por bando al vecindario, amenazando con pena de cárcel a cualquier español infractor y con tremenda azotada en la picota que eran columnas de piedra que se le daba a la gente de color (aquí sin duda se notaba mucho el racismo).
Como a la feria concurría una multitud de gente operaría de las minas y haciendas cercanas, y para quienes decía la autoridad que no hay otra diversión que la del juego, teniendo en cuenta que de no permitirlo, sería dar margen a que se salieran a los graceros, barrancos y despoblados a ejecutarlo, por lo que se autorizaba todo juego lícito en la plaza de la Constitución, solamente para que los “jueces» vigilaran e impidieran desórdenes, ofensas contra Dios Nuestro Señor y otros excesos, que podían cometerse jugando fuera del radio de acción de los corchetes y alguaciles.
La costumbre hacía ley y he aquí el por qué las fiestas eran en honor del “Seráfico San Francisco,” las que habían perdurado por más de doscientos años, ya que en 1710, se verificaban en el novísimo pueblo de San Francisco de Chihuahua y convertidas en aditamento de las “fiestas patrias», que se celebraban para recreo y diversión de las clases populares, las autoridades intervenían para evitar mayores males y por respeto a la tradición, seguían la misma conducta de la “Justicia mayor”, permitiendo en lugares públicos los juegos que no prohíbe la ley, bajo el ojo avizor del moderno gendarme y policía secreto, sucesores del alguacil y el corchete de antaño (Pieza de madera con unos dientes de hierro, con la que los carpinteros sujetan el madero que han de labrar).
En el día 30 de septiembre se daba principio a las fiestas anuales donde las corridas de toros eran el centro de la diversión en la Villa de San Felipe, ya que el H. Ayuntamiento tenía la costumbre de celebrarlas para regocijo común de sus habitantes y en honor al Seráfico Padre San Francisco de Asís su patrono, práctica establecida donde se lidiaban toros en la hermosa plaza de Armas, sobre todo, que se efectuara con el mayor lucimiento y quietud posible, consistiendo ésta en que no se maltratara el ganado que iba a ser parte del espectáculo, porque además de quitar la diversión al público, se infería en graves perjuicios al abastecedor o dueño de dichos animales, ya que se corría el riesgo de afectarlos y las consecuencias es que ya no se podrían utilizar, debido a las profundas heridas que se les hacían.
Para evitar semejante daño, se tuvo que dar una orden y advertencia para que cada persona atendiera esta indicación, ya que cada “valiente” que asistiera a dichas corridas, no llevara chuzo (látigo hecho de vergajo o cuero retorcido que se afina hacia la punta), garrocha (vara larga rematada en una punta de metal en uno de sus extremos, especialmente la que se usa para dirigir animales en el campo), lengüeta o rajón con que se pudieran lastimar o picar los toros, especial y particularmente los toretes o cosos antes de toreados en la plaza, ni después de toreados, así mismo, que los animales entraran y salieran sin ningún incidente por los parajes acostumbrados, sin golpearlos ni lesionarlo, colearlos, ni picarlos a la entrada ni salida, con lo que se excusará y evitará el que se corten, desparramen o aparten y que resulten otros daños, bajo la pena de que los que hicieran caso omiso, serían castigados con dos meses de cárcel, además de pagar el daño a los dueños de los animales, y si una persona era de color y cometía alguna de estas faltas, se le darían cien azotes.
Así mismo, se mandó que ni de día ni de noche, ninguna persona sea de la calidad que fuere, entrara ni transitara por atrás de los entablados (ruedo) a caballo, para que no se interrumpa el paso a la gente que lo hace a pie, porque de esto, puede resultar en algunas desgracias porque se podría atropellar a las creaturas y sobre todo la obstrucción del paso de la gente, esto, bajo la misma pena hacia el español con dos meses de cárcel y 100 azotes para para la gente de color, tomando en cuenta que los asistentes a estas fiestas era gente operaría de las minas y haciendas a quienes no se les conocía otra diversión que la del juego y que de no permitírseles que jugaran en esos días, sería dar margen a que se saliesen a los parajes, barrancos y despoblados en los márgenes del río Chuvíscar, donde era imposible para la autoridad poder acudir para evitar desórdenes, ofensas contra Dios Nuestro Señor y otros excesos que ejecutarían en semejantes parajes.
“He venido a conceder como concedo que jueguen públicamente todo juego lícito (comenta el corregidor Juan Antonio Marino) con tal de que todas las personas que les guste el juego, lo hagan en la plaza de Armas para que los señores jueces de la autoridad, estén a la mira de las ocurrencias. Velen y celen el evitar los desórdenes, excesos, quimeras y alborotos que frecuentemente se producen en los juegos, en casas y parajes privados, de modo que ni en las mesas de trucos ni en los callejones ni en otras casas, se junten ni puedan juntar para tales juegos, sino precisamente en la plaza como queda prevenido bajo el apercibimiento de que se procederá contra los transgresores, dando a lo que haya lugar en la administración de justicia y poniéndoseles las penas establecidas.
Además, para que llegue la noticia a todos y ninguno alegue ignorancia, se mandará replicar por “Bando” (ordenanza o disposición reglamentaria que se publicaba en nombre de una autoridad civil o militar) en los parajes públicos acostumbrados (el Chuvíscar, la Alameda Guadalupe, entre otros) el día 29 de septiembre al salir de misa, fijándose un tanto en las puertas de las casas de Ayuntamiento para su debida observancia y es dado en esta Villa de San Felipe el Real en septiembre 28 de 1771, doy fe.
La fiesta de San Francisco de Asís en la Villa de San Felipe el Real, forma parte de los archivos perdidos de las Crónicas de mis Recuerdos. Si usted desea adquirir la colección de Archivos Perdidos de las Crónicas Urbanas de Chihuahua: tomos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y IX, llame al cel. 614 148 85 03 y con gusto lo orientamos o bien, adquiéralos en Librería Kosmos (Josué Neri Santos No. 111); La Luz del Día (Blas Cano De Los Ríos 401, San Felipe) y Bodega de Libros.
Fuentes:
Periódico: El Noticioso de Chihuahua (1835).
Imagen: Francisco de Goya.
Fototeca INAH-Chihuahua.
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