HABLANDO Y ESCRIBIENDO
LA CORTE EN LA DEFENSA DE LA CONSTITUCIÓN
POR ERNESTO AVILÉS MERCADO*
El compromiso constitucional del Poder Judicial de la Federación, es el de interpretar la constitución y hacer que sus principios y valores se plasmen en cada sentencia que se dicte en contra o en favor de quien solicita justicia.
La división de poderes está establecida en la propia carta magna y se refiere al ámbito de acción y responsabilidad que cada poder tiene en el ámbito de sus facultades y jurisdicción.
Así, el poder Legislativo, es el encargado de crear las normas que regulen la convivencia social, mientras que el Poder Ejecutivo, es el encargado de proponer un sistema de gobierno incluyente, donde las mayorías y minorías convivan en un marco de legalidad.
En el caso del Poder judicial, es un poder especializado, único intérprete de la constitución, donde sus integrantes no son electos de manera directa por voto universal, secreto y directo, como el Ejecutivo y Legislativo, pero sí de manera indirecta, conjugando las aprobaciones tanto de los legisladores como del propio titular del ejecutivo federal.
Lo sucedido el viernes en la sesión del pleno de ministros de las SCJN, donde se aprobó por mayoría la apertura de la reforma judicial, que a partir del 11 de Septiembre fue aprobada y ese mismo día, un grupo de jueces y magistrados federales, presentó una consulta ante la Suprema Corte en la que le pedía que se dirimirá el conflicto entre el Poder Ejecutivo, el Congreso y el Poder Judicial creado por la reforma: “En razón de que afecta la autonomía de los órganos del Poder Judicial de la Federación, la independencia de sus miembros y por ende, el principio de división de poderes”.
Por lo inédito de la solicitud, la ministra presidenta Norma Piña, puso a consideración del pleno, cuál sería lo más adecuado para su tratamiento, desecharlo o canalizarlo a un ministro o ministra para que lo revisara y presentara un proyecto.
Las opciones que se tienen para revisar otras leyes —la acción de inconstitucionalidad, la controversia o el amparo—, todas tienen como marco la Constitución, pero qué pasa cuando es la propia Constitución lo que se quiere revisar.
No hay una vía clara para que la Suprema Corte revise una reforma constitucional.
El Pleno, por mayoría, decidió que no había elementos para declararla improcedente y votaron por admitir a trámite.
No se está dando entrada a una demanda de amparo ni a una controversia constitucional sino a una petición de análisis sobre si debe o no revisarse la reforma.
De cualquier forma, si el pleno de la Corte determina que sí puede ser impugnada la constitucionalidad de una reforma constitucional, lo que el Ejecutivo y los representantes del Legislativo desacreditan contundentemente, se abriría la posibilidad de que el máximo tribunal echara para atrás la reforma judicial, lo que generaría una confrontación de poderes y una crisis constitucional sin precedente.
Además, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) convocó a una audiencia para el próximo 12 de noviembre en su sede de Washington, para debatir y resolver sobre la reforma judicial mexicana.
Durante los foros de consulta se comentó por parte del grupo de legisladores, que la constitución debería volver a tener la supremacía con la que contaba hasta antes de incorporarnos a la CIDH, ya que junto con la jurisprudencia de esta, conforman el bloque de constitucionalidad, por lo que no sería de extrañar que se solicite la salida de la OEA.
Lo que los dirigentes de Morena defendían antes de llegar al poder es lo contrario de lo que procuran ejerciendo; el cambio radical que dieron a sus principios, toman forma con la militarización a la que se oponian y el control del Poder Judicial, cuya independencia defendían.
Nada más alejado del movimiento estudiantil del 68, que un gobierno que apoya la militarización, apenas decretada el día anterior a la toma de posesión de Sheinbaum, al integrar la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional.
Los militares son un cuerpo formado para “resolver con disparos” cualquier cosa, como trágicamente acaba de ocurrir con el asesinato de seis migrantes, en una carretera de Chiapas
El crimen será perseguido por el ejército, no por policías, y la justicia será impartida por juzgadores controlados por el partido hegemónico.
La separación de las funciones de juzgar, castigar y legislar proviene de luchas centenarias que han tomado prácticamente un milenio en concretarse, esta acción se cristalizó en la separación de poderes
El debido proceso garantizado por el poder Judicial, que es independiente de la Fiscalía, quien acusa a partir de leyes creadas por el Legislativo, producto de debates de todas las fuerzas políticas representadas en el congreso de la unión, es una consecuencia democrática y no de autocracia, que es una forma de gobierno en la cual la voluntad de una sola persona es la Ley Suprema.
En la democracia constitucional los ciudadanos depositamos en el Poder Legislativo la facultad de emitir la ley para juzgar a todos por actos indebidos, incluyendo a las autoridades.
En este proceso, los legisladores no pueden apropiarse de la facultad constitucional para definir los límites y relaciones de los poderes del Estado, a menos que decidan violar la Constitución con las consecuencias trágicas de ilegitimidad que ello conlleva.
La presidencia de la República, los legisladores y las instituciones electorales, han violado esta prohibición interpretando dolosamente los artículos 54 y 135 constitucionales. En el primer caso, por la sobrerrepresentación ilegítima y en el segundo, por modificar la constitución para volverla autoritaria mediante la interpretación fraudulenta de la facultad constituyente de reformarla.
En la justificación de este gran fraude se manipula el principio de que al acto legislativo le subyace una “presunción de constitucionalidad”, con la falsa tesis de que “el pueblo legisla” por mano de la mayoría de los legisladores, se encubre la ilegitimidad de la maniobra que cambia la naturaleza democrática de la Constitución por otra de naturaleza autoritaria.
Jueces y magistrados han ordenado suspensiones a la votación y promulgación de estas reformas, las cuales no han sido acatadas a pesar de ser autoridad en control de constitucionalidad.
Hay que esperar si lo hacen también con la Suprema Corte.
Con el desacato se consolida el fraude constitucional y se comienza a fraguar el cemento que cohesiona el entramado jurídico de la autocracia.
De no revertir esas reformas quedaremos en manos de la arbitrariedad institucionalizada.
El problema ahora es si el congreso de la Unión respeta y acata la resolución de la corte, o mantiene su postura de desacato permanente a las órdenes dictadas por los jueces federales, porque no hay que olvidar que en el proceso, los legisladores violaron suspensiones que impedían se continuará con la aprobación, lo que nos coloca en la antesala de una eventual crisis de gobernabilidad….difícil, muy difícil inicio para la presidenta Claudia Scheiubam que tiene mucho que decir….
*ABOGADO LITIGANTE, MIEMBRO DE LA FECHCA Y DE LA AECHIH