*El Instituto Mexicano del Seguro Social, invita al sector patronal a cumplir con la obligación de habilitar el Buzón IMSS*
• El plazo legal para habilitarlo vence el próximo 1 de febrero de 2025.
• El Buzón es un sistema de comunicación electrónico y ágil con el Instituto.
Como parte de las estrategias para digitalizar y simplificar el cumplimiento de las obligaciones
en materia de seguridad social de los Patrones, el pasado 7 de junio de 2024 se publicó en el
Diario Oficial de la Federación, la Reforma a la Ley del Seguro Social de la herramienta digital
Buzón IMSS, modificando los artículos 5 A, 286 L y 286 M, a través de los cuales, se establece la
obligatoriedad de dicho aplicativo, así mismo, el 5 de agosto de 2024 se publicó el acuerdo
ACDO.AS2.HCT.230724/261.P.DIR, con los “Lineamientos de carácter general para la
operación del Buzón IMSS, contenidos en el Anexo Único, así como la relación de trámites y
servicios disponibles y por ofrecerse en el Buzón IMSS”.
Conforme a lo señalado en el propio Acuerdo, los Patrones deben habilitar su Buzón IMSS a más
tardar el 1º de febrero de 2025, para lo cual sólo necesitan:
1. Acceder al portal oficial: www.imss.gob.mx/buzonimss.
2. Ingresar con tu e.firma vigente emitida por el SAT.
3. Registrar un correo electrónico y un número de celular válidos.
4. Aceptar los Términos y Condiciones de Uso.
Por otra parte, en esta etapa de implementación obligatoria del Buzón IMSS, se realizarán
trámites digitales y notificaciones electrónicas exclusivamente en materia de incorporación,
recaudación y fiscalización, tales como:
• Notificación electrónica de las resoluciones y multas en materia de prima del seguro de
riesgos de trabajo y del Oficio de cierre por validación de la corrección patronal.
• Consulta y descarga de las líneas de pago de las propuestas de pago mensuales y
bimestrales para el pago oportuno de sus cuotas.
• Consulta de la Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en materia de
Seguridad Social, en sus modalidades de generación por el Titular, Opinión Pública y por
Terceros Autorizados.
• Recepción de información de interés como el cumplimiento de sus obligaciones
patronales, entre otras funcionalidades.
Es importante destacar que, para los Patrones, el Buzón IMSS constituirá un canal adicional para
realizar trámites ante el Instituto, ya que estos se podrán seguir gestionando de manera
presencial en las 133 Subdelegaciones del IMSS.
Para apoyar a los Patrones en el cumplimiento de esta obligación, el Instituto pone a disposición
los siguientes canales de atención:
• Centro de Contacto del IMSS, en el número 800 623 2323, opción 5 y, nuevamente, 5 de
lunes a viernes, de 9:00 a 18:00 horas (Tiempo del Centro).
• Servicio de “Aclaraciones u Orientaciones”, en el Buzón IMSS, en el menú “Promociones
Electrónicas”, donde el usuario podrá presentar su planteamiento las 24 horas del día,
los 365 días del año.
• Minisitio Buzón IMSS, www.imss.gob.mx/buzonimss con normatividad, videos, guías y
materiales de apoyo que facilitarán la utilización del aplicativo.
• Subdelegaciones del IMSS, donde personal especializado en el funcionamiento de Buzón
IMSS podrá atender sus dudas, y proporcionar asesoría y orientación.
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