Ayuntamientos y comisiones podrán celebrar sesiones de acceso remoto o virtual
La Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso de Chihuahua, reformó el Código Municipal del Estado, a fin de adecuar la normativa estatal para que los ayuntamientos del Estado y las comisiones puedan reunirse, de manera excepcional, en sesiones de acceso remoto o virtual, ante declaraciones de emergencia sanitaria emitidas por las autoridades competentes.
El diputado Lorenzo Arturo Parga, presidente de la Comisión de Desarrollo Municipal y Fortalecimiento del Federalismo, señaló que dado a la actual contingencia de salud declarada por las autoridades federales, los tres órdenes de gobierno se han visto en la necesidad de adecuar sus ordenamientos, a efecto de dotar de medidas que permitan celebrar reuniones de acceso remoto o virtual, para continuar con las actividades correspondientes.
Es por ello, que el Poder Legislativo reformó el artículo 22 del Código Municipal, a fin de validar el que las Sesiones de Cabildo puedan celebrarse en la modalidad ya mencionada, ya que mientras subsista declaración de emergencia sanitaria, emitida por las autoridades, es indispensable salvaguardar la salud del personal que conforma los mismos, y a su vez, aportar certeza jurídica a los actos en materia municipal, argumentó el Legislador.
Dado a lo antes señalado, en el artículo en mención se redactó lo siguiente: El Ayuntamiento, así como las Comisiones, podrán reunirse de manera excepcional, en sesión de acceso remoto o virtual, ante declaraciones de emergencia sanitaria emitidas por las autoridades competentes, que impida la presencia física a las y los integrantes del Ayuntamiento al edificio que ocupe la presidencia municipal u otro alterno. Los municipios emitirán los acuerdos necesarios que establezcan los procesos y mecanismos para que se desarrollen de manera eficaz y segura dichas sesiones, reuniones, discusiones y votaciones
Aprueba Congreso dictámenes emitidos por la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Parlamento Abierto
En Sesión Extraordinaria del Congreso de Chihuahua, el Pleno Legislativo aprobó un par de exhortos emitidos por la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Parlamento Abierto.
Uno de ellos mediante el cual, se pide al Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública para que, en el marco de la emergencia sanitaria por el virus SARS-CoV-2 COVID-19, refuerce las acciones de comunicación y sensibilización sobre el uso adecuado de plataformas digitales, a efecto de garantizar la protección de datos personales, así como para que genere mayor difusión de los cursos y eventos que se llevan a cabo para tal efecto por este organismo.
Dentro de la exposición, se detalló que en las últimas semanas, como consecuencia de la emergencia sanitaria emitida por las autoridades estatales y federales, se ha incrementado el uso de plataformas digitales, aplicaciones y redes sociales, incluso por personas mayores y menores de edad, por lo que surge la necesidad de velar por el ejercicio apropiado del derecho humano a la protección de datos personales.
Es por lo antes mencionado y en evidente conocimiento de que en la actualidad las tecnologías digitales juegan un papel muy importante para la continuidad y funcionamiento de los sistemas sociales y económicos, que si bien han contribuido a asegurar una mayor transparencia y confiabilidad en la información, también pueden representar un riesgo para la privacidad y la protección de datos personales de quienes las utilizan; se hace la petición ya referida.
Por otra parte, se aprobó el dictamen con carácter de acuerdo, por el cual se exhortó a la Fiscalía General de la República, para que a través del Consejo Asesor de Aplicación del Fondo de Auxilio Económico de Familiares de las Víctimas de Homicidio de Mujeres en el Municipio de Juárez, se presente un informe al Poder Legislativo de Chihuahua, sobre la situación económica de dicho fondo, así como el destino, monto y distribución de sus recursos; ello respetando en todo momento lo estipulado en la Ley de Protección de Datos Personales del Estado.
Dicha petición, dado a que a la fecha, no se tiene información respecto a los recursos con los que cuenta, aunado a que se tiene conocimiento de que la cantidad de apoyos otorgados a las familias de las víctimas, no corresponden al número de feminicidios que, según datos oficiales, se han presentado en los últimos años.
En ese sentido, se pretende conocer cuántas familias de mujeres víctimas de homicidio con violencia de género reciben apoyo económico, así como el monto de los mismos; conocer la cantidad de recursos con los que cuenta actualmente y sabes sobre las acciones o programas que son llevados a cabo por el Fondo para allegarse de recursos.
En Chihuahua habrá módulos de atención integral para atención a mujeres víctimas del delito por razones de género
Con la finalidad de contar con espacios destinados a promover, proteger, respetar y garantizar el acceso a la justicia para las mujeres, el Congreso de Chihuahua reformó el Código Municipal, la Ley Orgánica de la Fiscalía General, la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública, para instituir los módulos de atención integral en casos de violencia contra las mujeres víctimas del delito por razones de género.
Dichos lugares serán módulos de atención integral en casos de violencia contra las mujeres víctimas del delito por razones de género, y habrán de operarse en coordinación con la Fiscalía General del Estado, así como con los municipios más poblados de la Entidad.
La diputada Georgina Bujanda, presidente de la Comisión de Seguridad y Protección Civil, dio a conocer que actualmente existen diversas instituciones oficiales y no gubernamentales que brindan atención a las víctimas de violencia, por lo cual aclaró que estos módulos no suplirán o reemplazarán el servicio que brindan los lugares antes mencionados, por el contrario, se busca llegar a un modelo de atención integral, en donde las instancias gubernamentales municipales y estatales que brinden el apoyo, operen bajo el Modelo Homologado de Módulos de Atención a Violencia Familiar y de Género.
Agregó que con las reformas realizadas, el Instituto Chihuahuense de las Mujeres, deberán coadyuvar en la elaboración del modelo homologado de los módulos en mención y verificar que los Centros de Atención operen bajo el modelo homologado.
Los municipios deberán implementar los Módulos de Atención en sus demarcaciones territoriales, asignando para tal fin los recursos necesarios, y deberán privilegiar su instalación en los inmuebles destinados a la seguridad pública y podrán convenir con el Ejecutivo Estatal o con otros municipios para el correcto funcionamiento. Así mismo, deberán convenir con la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas de Delito por Razones de Género, para adscribir a Ministerios Públicos Especializados a dichos Módulos.
Asimismo, planteó que las y los servidores públicos que laboren y brinden atención bajo el Modelo Homologado, deberán contar con capacitación de perspectiva de género, atención a víctimas y de niñas, niños y adolescentes.
Para finalizar, señaló que según lo plasmado en la normativa, los Módulos de Atención a Violencia Familiar y de Género son espacios físicos destinados para hacer cercano el acceso a la justicia y atender de manera integral, los hechos probablemente constitutivos de delitos que impliquen violencia contra las mujeres así como de violencia familiar.
Por último, cabe mencionar que el Ejecutivo Estatal, tendrá como plazo, 180 días naturales para que a través del Consejo Estatal para Garantizar el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, sea publicado el Modelo Homologado de los Módulos de Atención a la Violencia Familiar y de Género; de acuerdo a lo estipulado en los artículos transitorios; y se hará prioritaria la instalación de los Módulos, en aquellos municipios que no cuenten con ellos.
Exige Congreso la instalación de una Mesa Interinstitucional para la Protección de los Pueblos Indígenas ante la Pandemia del Coronavirus COVID-19
Dado a la situación actual de salud por la contingencia declarada por la pandemia por el COVID-19, el Poder Legislativo de Chihuahua solicitó al Ejecutivo Estatal, instalar una Mesa Interinstitucional para la Protección de los Pueblos Indígenas, en la que se incorporen las autoridades estatales, federales y municipales necesarias, con responsabilidad en la Secretaría de Salud, para la elaboración y ejecución de un Protocolo Sanitario que contenga las acciones y procedimientos institucionales, con enfoques diferenciados, para actuar en materia de salud.
Lo anterior, con la finalidad de prevenir y en su caso contener, atender y tratar casos de infección por COVID-19 entre los habitantes de las comunidades indígenas, con especial atención a las que se encuentran en condiciones geográficas adversas, señaló la diputada Rocio Sarmiento, presidenta de la Comisión de Pueblos y Comunidades Indígenas.
Así mismo, para que en dicho protocolo se consideren como guía fundamental las recomendaciones contenidas en la Resolución No. 1/2020, adoptada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, denominada “Pandemia y Derechos Humanos en las Américas”.
Agregó que hoy en día se debe tener presente que toda política pública con enfoque de derechos humanos para la prevención, atención y contención de la pandemia a que hoy se hace frente, requiere ser abordada de manera amplia, con enfoque multidisciplinario y con la participación de la sociedad, que en el caso de los pueblos indígenas, además debe involucrar a sus autoridades y médicos tradicionales.
Lo anterior, con la finalidad de prevenir de manera eficaz el contagio, mejorar y adaptar las medidas de seguridad, así como el acceso a los sistemas de salud que faciliten un diagnóstico oportuno y el respectivo tratamiento, que permita a los integrantes de los pueblos y comunidades indígenas, población en mayor grado de vulnerabilidad, una atención integral y sin discriminación.
Por ello es que se hace este llamado para que los diversos órdenes de gobierno conjunten esfuerzos y desarrollen un Protocolo Sanitario, pensado en y para los pueblos indígenas, de acuerdo a las recomendaciones contenidas en la Resolución No. 1/2020, de fecha 10 de abril de 2020, aprobada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; culminó la Legisladora.
Autorizan diputados al Ejecutivo Estatal formalizar dos contratos de fideicomisos en materia de transporte público
– Uno denominado “Fideicomiso del Sistema Integrado de Transporte de Chihuahua” y el otro “Fideicomiso Maestro SIT Chihuahua”
Integrantes del Congreso de Chihuahua, autorizaron al Poder Ejecutivo del Estado, para que, por conducto de la Secretaría de Hacienda, formalice contrato de fideicomiso que se denominará “Fideicomiso del Sistema Integrado de Transporte de Chihuahua”, con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. y otro para un fideicomiso denominado “Fideicomiso Maestro SIT Chihuahua”, Fideicomiso de Administración y Fuente de Pago, con la institución fiduciaria que ofrezca las mejores condiciones operativas existentes en el mercado.
En lo relativo al Fideicomiso del Sistema Integrado de Transporte de Chihuahua, se señaló que su finalidad es exclusivamente el servir como vehículo para la ejecución de la infraestructura del proyecto integral denominado “Etapa 1 – Corredores Troncales 2 y 3 del Sistema Integrado de Transporte Público de la Ciudad de Chihuahua” (SIT Chihuahua) llamado “Vivebús”; mejorando con ello los sistemas de transporte que propicie elevar la calidad de vida de los habitantes y la competitividad de la ciudad de Chihuahua, de acuerdo con las necesidades requeridas en la ejecución de la infraestructura para el servicio de transporte; entre otros fines.
El fideicomitente aportará al menos la suma de 146’180’000.00 (ciento cuarenta y seis millones ciento ochenta mil pesos 00/100 M.N.), dichos recursos, así como las demás aportaciones y bienes que en el futuro se realicen, se destinarán exclusivamente a los fines del fideicomiso.
Para el funcionamiento y cumplimiento de los fines del fideicomiso, existirá un Comité Técnico que entrará en funciones a la firma del instrumento respectivo, el cual estará integrado por seis personas propietarias, cada una con su suplencia que respectivamente designen.
En lo que concierne al Fideicomiso Maestro SIT Chihuahua”, fideicomiso de administración y fuente de pago; su patrimonio se integrará por las cantidades que en numerario y especia aporte el Fideicomitente, los bienes inmuebles o muebles, tangibles e intangibles, los rendimientos que se obtengan de la inversión de fondos líquidos del Fideicomiso, así como aquellos productos financieros, rendimientos, intereses y/o ganancias de capital que se generen de las inversiones o reinversiones que realice la Fiduciaria; entre otras participaciones.
La finalidad de éste es el mejoramiento del transporte en el Estado, a través de la creación, promoción y fortalecimiento de la integración del transporte de pasajeros colectivo; además, se implementará un modelo integrado, multimodal e interoperable, a fin de contribuir a elevar la calidad de vida de la población y la competitividad en la Entidad.
El fideicomiso pretende recibir e integrar los recursos económicos que por concepto de pasaje se ingresen, buscando mantener una estabilidad en la tarifa de los servicios de transporte público; accesible y que dé certeza financiera a los prestadores de servicios, concesionarios, permisionarios y contratista que participen en el mismo, debiendo ser este autosustentable financieramente.
Los recursos fideicomitidos serán administrados por la fiduciaria y distribuidos conforme a las disposiciones que al efecto se expidan por la autoridad competente y se sancionen para la operación del Fideicomiso, establezca el propio Fideicomiso y lo que en su caso determine su Comité Técnico, el cual será presidido por la persona titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, a quien le acompañarán, las o los titulares de las secretarías General de Gobierno, de Hacienda y de la Dirección de Transporte; además de dos personas representantes de los Consejos Consultivos Regionales que participen en dicho organismo como representantes de concesionarios de transporte.
Cabe mencionar que ambos Decretos, fueron presentados al Pleno Legislativo por integrantes de la Comisión de Programación, Presupuesto y Hacienda Pública.
Aprueba Congreso dictámenes de la Comisión de Programación, Presupuesto y Hacienda Pública
– Se reformó la Ley de Ingresos 2020 del municipio de Delicias y las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción 2020 del municipio de Satevó
En Sesión Extraordinaria del Congreso de Chihuahua, fue reformada la Ley de Ingresos del Ejercicio Fiscal 2020, del municipio de Delicias, con la finalidad de establecer una reducción del 8 por ciento de descuento por concepto de Impuesto Predial, en el mes de julio en el pago anticipado de los bimestres no vencidos del presente año.
Asimismo, fue aprobado el Decreto por el cual se modificaron las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción del municipio de Satevó, correspondiente al ejercicio fiscal 2020, en el concepto relacionado con actividades mineras, ello luego de la petición del Cabildo, tras emitir las actas aprobadas por el Cabildo y de esta manera realizar el proceso legislativo debido.
Cabe mencionar que en la Constitución de México, se establece que los municipios administrarán libremente su hacienda, siendo potestad de los ayuntamientos, el proponer las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones, las cuales son la base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria.
En dichas Tablas de Valores Unitarios para Suelo y Construcción, se contiene de manera técnica, la información de zonas homogéneas, corredores de valor, tipología y valores de construcción, así como los usos y valores de suelo rústico; y ahí se define como predio rústico, aquel que se encuentre ubicado fuera del límite del centro de población, y su destino sea de producción agropecuaria, forestal, frutícola, minera o actividades equiparables.
Por lo anterior, fue adecuado lo relativo a la clasificación de suelo rústico, zona 3, de la Tabla de Valores de Suelo Relacionado con Actividades Mineras, con la finalidad de precisar el alcance que corresponde por suelo rústico con concesión minera, y en consecuencia, la base para el cálculo de los impuestos que graven la propiedad inmobiliaria durante el ejercicio fiscal 2020.
Reforma Congreso el Código Municipal en materia de asociatividad municipal
La Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso de Chihuahua, reformó los artículos 29 y 180 del Código Municipal del Estado, en materia de asociatividad municipal.
El diputado Miguel La Torre Sáenz, presidente de las Comisiones Unidas de Primera de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Desarrollo Municipal y Fortalecimiento del Federalismo, presentó el dictamen de Decreto ante el Pleno para su votación.
Con dichas adecuaciones, la persona titular de la Presidencia Municipal, tendrá como facultad, el proponer al Ayuntamiento, la celebración de instrumentos jurídicos para la coordinación y asociación dentro de los ramos de competencia municipal, en los términos previstos en los artículos 138 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua y 180 del Código Municipal, señaló el Legislador.
Además, dentro de las funciones y servicios públicos municipales, se estableció que los municipios, a fin de lograr una mejor prestación de servicios públicos, y previo acuerdo entre sus ayuntamientos, podrán dentro de los ramos de competencia municipal, coordinarse y asociarse para el mejor ejercicio de las funciones que les correspondan.
Para finalizar, señaló que cuando se trate de municipios de otro Estado, se deberá contar con la aprobación del Congreso. Asimismo, cuando a juicio del ayuntamiento respectivo sea necesario, podrán celebrar convenios con el Estado para que éste, de manera directa o a través del organismo correspondiente, se haga cargo en forma temporal de algunos de ellos, o bien se presten o ejerzan coordinadamente por el Estado y el propio Municipio
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