Armoniza Congreso ordenamientos locales con la Ley Estatal de Archivos
En Sesión Extraordinaria del Poder Legislativo, los diputados locales realizaron una serie de reformas a diversos ordenamientos locales, a fin de armonizarlos con la Ley Estatal de Archivos.
Las diferentes reformas se realizaron a:
La Ley Orgánica del Poder Legislativo, en su artículo 145 Bis, en donde se estableció que la Dirección de Archivos que estará bajo la supervisión de la Secretaría de Administración, estará conformada por personal de las áreas de los Archivos de Gestión y Trámite, de Concentración y el Histórico.
La diputada Isela Torres Hernández, en su carácter de Secretaria de la Comisión Segunda de Gobernación y Puntos Constitucionales, señaló que entre las responsabilidades de esta Dirección está el aprobar y vigilar la correcta instrumentación del Sistema Institucional de Archivos, y de la custodia de la memoria documental del Congreso del Estado.
Informó además que el Sistema Institucional de Archivos, está conformado por la Unidad de Archivo de Gestión y Trámite, a través de los enlaces de los archivos de trámite de las unidades administrativas que conforman los órganos técnicos del Poder Legislativo. La Unidad de Archivo de Concentración, y la Unidad de Archivo Histórico.
Asimismo detalló que dentro de sus atribuciones, está también el coordinar los procedimientos de valoración y destino final de la documentación generada por el Poder Legislativo, con el Comité Técnico de Administración de Documentos y Archivos, de acuerdo a la normatividad.
Por otra parte, señaló que dentro de las adecuaciones, se adicionó al Reglamento Interior y de Prácticas Parlamentarias, una fracción VIII al artículo 142, en la que se suma al Sistema de Información Legislativa, la Dirección de Archivos, con sus respectivos módulos (Catálogo de disposición documental, Inventarios documentales, Fichas técnicas de valoración documental y Guía simple de archivos).
También fue reformado el artículo 12 de la Ley Estatal de Bibliotecas, estableciendo que la promoción dotación de los locales adecuados y equipo necesario, será con el apoyo de los gobiernos estatal y municipal.
Para finalizar, señaló que en los artículos transitorios se estipuló que todos los recursos humanos, materiales, financieros, presupuestales y, documentales, en cualquier soporte, del Archivo Histórico, adscrito a la Biblioteca Carlos Montemayor Aceves de la Secretaría de Asuntos Legislativos, antes de la entrada en vigor del presente Decreto, se transfieran de manera íntegra y en todos sus términos a la Dirección de Archivos, para lo cual se suscribirán las actas de entrega-recepción pertinentes, durante el presente año 2018.
A fin de realizar el acto antes descrito, la Secretaría de Administración hará las gestiones pertinentes y tomará las medidas organizativas y presupuestales necesarias, que garanticen la correcta ejecución y continuidad del Sistema Institucional de Archivos.
Reforma Congreso del Estado la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Con la finalidad de conceptualizar las obligaciones de la Fiscalía General del Estado y del Instituto Estatal Electoral en materia de violencia política contra las mujeres, dentro del Decimosexto Periodo Extraordinario de Sesiones, el Congreso del Estado, llevó a cabo una serie de adiciones a la Ley del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
El diputado Miguel La Torre Sáenz, vocal de la Comisión Segunda de Gobernación y Puntos Constitucionales, al dar lectura al Decreto, señaló que le corresponde a la Fiscalía General del Estado promover, y proteger el ejercicio de los derechos humanos de las personas víctimas y ofendidas en casos de violencia política contra las mujeres.
De la misma manera, a la Unidad de Igualdad de Género del Instituto Estatal Electoral, le corresponde prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia política en contra de las mujeres.
Además, recopilar estadísticas sobre la realización de dicho tipo de violencia política en el ámbito electoral que permita diagnosticar el problema y diseñar acciones concretas; realizar una difusión permanente en los medios de comunicación respecto a las conductas, acciones u omisiones que conllevan a la violencia política, la prevención, formas de denuncia y conciencia sobre la erradicación de la violencia política en contra de las mujeres.
Dicho Instituto, habrá de capacitar sobre violencia política contra las mujeres a simpatizantes, militantes, precandidatos, candidatos de los partidos políticos o independientes, funcionarios de mesas directivas en jornada electoral y al personal que labora en el propio Instituto, e incluir en sus programas de capacitación y formación sobre medios de impugnación electoral el tema de la violencia política, incentivando el litigio estratégico en estos casos.
Cabe mencionar que al dictamen se agregó la petición realizada por el diputado Rubén Aguilar, integrante de la Fracción Parlamentaria del Partido del Trabajo, por medio del cual solicitan la destitución de los funcionarios públicos que hayan incurrido en casos de violencia política.
Piden diputados se publique decreto relativo a la Ley del Registro Civil
La Sexagésima Quinta Legislatura del Congreso del Estado exhortó al Poder Ejecutivo para que a la brevedad sea publicado en el Periódico Oficial del Estado el Decreto por medio del cual se expide la Ley del Registro Civil para el Estado de Chihuahua.
Lo anterior, según lo leído por el diputado Miguel La Torre, vocal de la Comisión Segunda de Gobernación y Puntos Constitucionales, respecto al exhorto enviado al Ejecutivo Estatal, en el que se argumenta que dentro del Decreto número 1304/13 II P.O., aprobado el 27 de junio de 2013, ya que en éste se plantea una mayor facilidad, o por lo menos una reducción de limitantes, para el reconocimiento de la paternidad y maternidad, eliminando la multa que actualmente se prevé en contra de las personas que tienen el deber de registrar el nacimiento y lo realicen fuera del término fijado, ya que lejos de resultar una medida alentadora, resulta ser una medida intimidatoria.
Dado a lo anterior, es la urgencia de que sea publicado el Decreto en mención, ya que en él se propone actualizar la Ley del Registro Civil a efecto de optimizar y concebir una nueva metodología para quienes han decidido disolver el vínculo matrimonial que los une legalmente, sin necesidad de acudir a un proceso judicial.
Tipifican diputados la violencia política contra las mujeres por razones de género
Con reformas a la Constitución Política, al Código Penal y a la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Sexagésima Quinta Legislatura del Congreso local, adecuó las herramientas legales que serán útiles para prevenir y erradicar la violencia política de género en nuestra sociedad.
El vocal de la Comisión legislativa Segunda de Gobernación y Puntos Constitucionales, Miguel La Torre, señaló en la lectura del Decreto por medio del cual se realizan las adecuaciones a los ordenamientos antes señalados, resaltó que a nivel nacional se ha emprendido una lucha para erradicar este tipo de violencia hacia la mujer, por lo que en lo particular, el Congreso de Chihuahua, realiza lo propio.
La violencia política de género en el marco normativo nacional, se define como la acción u omisión que, en el ámbito político o público, tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos político-electorales de una mujer, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo o su función del poder público, manifestándose a través de la presión, persecución, hostigamiento, acoso, coacción, vejación, discriminación, amenazas o privación de la libertad o de la vida en razón del género, por lo que Chihuahua redefine dicho acto, y la adecua conforme al marco nacional, señaló el legislador.
En lo que respecta a la reforma a la Constitución Política de Chihuahua, fue reformado su artículo 4o, en el que se establece que todas las mujeres en el Estado tienen derecho a una protección y atención efectiva contra todo tipo de violencia y el incumplimiento de este derecho será sancionado por la Ley.
Dentro el Código Penal del Estado, se adicionó una fracción V al artículo 30, agregando al Catálogo de medidas de seguridad, el tratamiento integral especializado enfocado a la erradicación de la violencia política.
Además dentro del Título Décimo de Delitos Contra la Dignidad de las Personas, el Capítulo de la Violencia Política, se estableció que se impondrá de tres a siete años de prisión, de cien a mil días multa, y tratamiento integral especializado enfocado a la erradicación de la violencia política a quien por sí, o a través de terceros, por medio de cualquier acción u omisión realizada en contra de una mujer por razón de género, cause daño físico, psicológico, sexual o económico y tenga por objeto o resultado la restricción, suspensión o impedimento del ejercicio de sus derechos políticos, incluyendo el ejercicio del cargo; o la induzca u obligue, por cualquier medio, a tomar decisiones en contra de su voluntad acerca de esos mismos derechos.
Por último se destaca que la pena aumentará si el delito se comete en contra de mujeres embarazadas, adultas mayores, de pueblos originarios, en condición de discapacidad, sin instrucción escolarizada básica, o por orientación sexual e identidad de género.
Asimismo, si dicha acción es perpetrada por quien está en el servicio público, por superiores jerárquicos, integrantes de partidos políticos o por persona que esté en funciones de dirección en la organización política donde participe la víctima.
Buscan diputados garantizar prestación de servicios de guardería a madres y padres trabajadores en los turnos diurno nocturno o mixto
Los diputados de la Sexagésima Quinta Legislatura, solicitaron a las Secretarías de Desarrollo Social y de Innovación y Desarrollo Económico, ambas del Estado de Chihuahua; así como a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, tengan a bien generar políticas públicas, acuerdos y condiciones con las instituciones de seguridad social, empresas y organizaciones de la sociedad civil, a fin de garantizar la prestación de los servicios de guardería en favor de los hijos de la población trabajadora.
Además, se adiciona una fracción X al artículo 105 del Código Administrativo para el Estado de Chihuahua, para quedar redactado de la siguiente manera:
“Proporcionar servicio de guardería diurno, nocturno o mixto a hijas e hijos de las personas trabajadoras al servicio del Estado, durante las horas de su jornada laboral, que podrá realizarlo por sí o a través de terceros, siempre que se cumpla con las disposiciones que regulan dicha materia”.
La diputada Nadia Siqueiros, expuso en el Recinto Oficial del Poder Legislativo que mediante esta reforma, se avanzará en la consolidación del sistema jurídico del Estado de Chihuahua, en materia de la regulación de la prestación de los servicios de guardería, ya que se dará congruencia al contenido del Código Administrativo, en función de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Además, a la Ley de Centros de Cuidado Infantil del Estado de Chihuahua, que se expidió el 15 de marzo de este año.
Informó que los artículos 201 a 207 de la Ley del Seguro Social, regulan el ramo de guarderías que cubre el riesgo de no poder proporcionar cuidados durante la jornada de trabajo a sus hijos en la primera infancia, de la mujer trabajadora, del trabajador viudo o divorciado o de aquel al que judicialmente se le hubiera confiado la custodia de sus hijos, en los turnos matutino y vespertino, sin que se contemple el nocturno.
Comentó que por ello resultó indispensable remitir ante el Congreso de la Unión una iniciativa de decreto, para reformar los artículos 201 a 205 de la ley, para hacerla compatible con las disposiciones constitucionales y de los tratados internacionales.
También, se estimó necesario solicitar a las Secretarías de Desarrollo Social y de Innovación y Desarrollo Económico, ambas del Estado, así como a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA).
Adecuan diputados ordenamientos jurídicos para facilitar donación de órganos
Los diputados de la Sexagésima Quinta Legislatura, con el fin de promover y facilitar la donación y trasplantes de órganos, aprobaron reforman los artículos 53 de la Ley de Vialidad y Tránsito y 7 de la Ley de Donación y Trasplantes de Órganos, Tejidos y Células, ambos ordenamientos jurídicos del Estado de Chihuahua.
Con esta reforma, se garantiza que el consentimiento expreso de una persona de ser donadora de órganos, se respetará y hará cumplir, más allá de lo que puedan querer sus familiares, si ella ya ha firmado un consentimiento, se debe respetar y hacer cumplir.
La diputada Rocío Sáenz, expuso en tribuna que la cultura de donación en nuestra sociedad necesita incrementarse, ya que las personas necesitadas de un trasplante cada vez son más, lo cual ha generado que las listas de espera crezcan cada vez más, así como las tasas de mortalidad, por ello, se considera un punto importante a incluir en la legislación.
Informó que en los últimos años, el Estado mexicano, ha tenido una buena respuesta ante la donación de órganos, tanto al número de donaciones que se realizan, como en la percepción que tiene la sociedad de este acto; sin embargo, en necesario fomentar la cultura de la donación desde la juventud.
Mencionó que es importante adecuar los ordenamientos jurídicos con el fin de que sea más sencillo para la persona en vida, dejar plasmada su decisión de ser donante de órganos, ya que en la actualidad, muchos donantes, cuando por causa desafortunada fallecen, y debido a las complicaciones legales que en ocasiones ocurren, sus órganos no se pueden utilizar.
Explicó que esto se debe a que los órganos, son recolectados de manera inadecuada, fuera de tiempo o contaminados. Por ello, para que lo legal no sea un problema más a la lista, se deben de adecuar nuestras leyes para darle más certeza jurídica a este acto
Piden diputados presupuesto para creación e implementación de aulas hospitalarias
Los diputados de la Sexagésima Quinta Legislatura, exhortaron al Poder Ejecutivo del Estado, para que a través de la Secretaría de Hacienda, prevea lo necesario para que en el Presupuesto de Egresos del año 2019, se incluya una partida exclusiva para que se promueva la creación e implementación gradual de aulas hospitalarias en la Entidad.
El llamado, también es para que, a través de las secretarías de Educación y Deporte y de Salud, lleven a cabo los convenios necesarios para incrementar gradualmente las aulas hospitalarias en los centros del territorio estatal que lo ameriten, para impedir el rezago y la exclusión de niñas, niños y adolescentes hospitalizados.
La diputada Blanca Gámez, expuso en tribuna que esto, es con el propósito de vincular a las autoridades competentes respecto al derecho a la salud y educación de las niñas, niños y jóvenes que se encuentran en situación de vulnerabilidad y rezago educativo en los centros de salud de Chihuahua.
Mencionó que al contar con estas aulas, se podrá atender escolarmente a los pequeños hospitalizados, al mismo tiempo que se ayuda a prevenir y evitar la posible marginación que, por causa de una enfermedad, puede sufrir la persona hospitalizada, quien será atendida durante el periodo de tiempo que sea necesario para continuar con su ciclo escolar con normalidad.
Expiden ley del Colegio De Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Chihuahua
Chihuahua, Chih.- Diputados de la Sexagésima Quinta Legislatura expidió la Ley del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Chihuahua, mediante la cual se les dotará de seguridad social a los trabajadores.
Con esta Ley, se podrán celebrar convenios con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e incorporarlos al Régimen Obligatorio del Seguro Social, además de que se autoriza el convenio con el Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los trabajadores al régimen de vivienda.
Lo anterior, luego de que el pasado 25 de abril, el gobernador del Estado, Javier Corral Jurado, presentara dicha iniciativa al Poder Legislativo, por lo que la Presidencia de este Congreso turnó el asunto a los integrantes de la Comisión de Educación y Cultura.
Para su análisis, se instaló una mesa de trabajo, que celebró tres reuniones, con participación de la Dirección del CECyTECH, Secretaría General de Gobierno, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de, así como representantes de los dos Sindicatos de trabajadores de dicha institución educativa que existen actualmente.
En dicha mesa, se abordó la redacción del articulado de la Ley y se discutieron los detalles de la situación laboral de los trabajadores del Colegio, relacionada a la transición en materia de servicios de salud, jubilaciones, pensiones y seguridad social.
Como resultado se obtuvo una Ley con 39 artículos, divididos en siete capítulos que establecen los procedimientos y particularidades por las cuales habrá de regirse la actividad de la Institución Educativa.
El capítulo I, establece la naturaleza, objeto, facultades y obligaciones de la Ley, un glosario de terminología utilizada para la redacción de la misma, las características del CECyTECH, el objeto de la institución, sus atribuciones y las bases para cumplir con su objeto.
El capítulo II, por su parte establece la organización y funcionamiento de la Institución educativa objeto de la Ley, sus autoridades y las atribuciones de cada una,
Por lo que se refiere al patrimonio del CECyTECH, el capítulo III, define su constitución.
El cuarto capítulo de la Ley, establece lo referente al patronato, como apoyo en obtención de recursos del Colegio.
Lo relacionado con el personal que labora en el CECyTECH, su clasificación, promoción, permanencia, se encuentra definido en el capítulo V.
El capítulo VI, contempla lo relacionado con el alumnado.
Consecutivamente, las disposiciones generales de la multicitada, institución, se contienen en el capítulo VII.
Reforman Ley de Ingresos del municipio de Nuevo Casas Grandes; mejorará calidad en prestación de servicios
Los diputados de la Sexagésima Quinta Legislatura, reformaron el numeral 3, apartado I, Capítulo I, Título II “De los Ingresos Municipales”, de la Ley de Ingresos del Municipio de Nuevo Casas Grandes para el ejercicio fiscal 2018, en materia del impuesto predial.
El diputado Jorge Soto, explicó en tribuna que esto es con el objeto de establecer que los contribuyentes y responsables solidarios que no paguen los créditos fiscales, cubran recargos por mora, y por otro lado, para que se actualice el monto mínimo por concepto de impuesto neto a pagar, de conformidad con los Códigos Fiscal y Municipal para el Estado de Chihuahua.
Con esta reforma, se otorga al Director de Catastro del Municipio de Nuevo Casas Grandes, la facultad de condonación o reducción de recargos por concepto de morosidad; argumentándose que al tratarse de materia en recaudación del impuesto predial, y al ser Catastro Municipal un contacto directo entre los contribuyentes y la propia autoridad, resultará una atención eficiente en el servicio.
Los legisladores estuvieron de acuerdo en que todo Ente Público, del servicio que se trate, implemente acciones que coadyuven a una eficiente y oportuna atención al público general, que a su vez, se traduce en calidad en la prestación de los servicios públicos.
Reforman, adicionan y derogan disposiciones de decretos referentes a los fideicomisos Policía y Tránsito Amigo
Durante el Decimosexto Periodo Extraordinario de Sesiones, los diputados de la Sexagésima Quinta Legislatura del Congreso del Estado, aprobaron reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de los Decretos No. 545/97 II P.O. y 546/97 II P.O., referentes a los Fideicomisos «Policía Amigo» y «Tránsito Amigo».
También, se autorizó al Ejecutivo del Estado, a celebrar contrato de fideicomiso irrevocable de administración, garantía con la institución fiduciaria que ofrezca las mejores condiciones de crédito, cuyo objeto sea precisa y exclusivamente en beneficio de quienes integran las Divisiones de la Comisión Estatal de Seguridad y de la Agencia Estatal de Investigación.
El diputado Jesús Valenciano, mencionó que uno de los mecanismos de incentivación más contundentes, es el otorgamiento de prestaciones que correspondan de manera recíproca a la entrega que los elementos muestran cada día al enfrentar situaciones complejas, que además pueden ser de alto riesgo.
Congreso anuncia ganador de la Medalla Víctor Hugo Rascón Banda
La diputada presidente de la Comisión de Educación y Cultura, María Antonieta Mendoza Mendoza, dio a conocer al ganador de la Medalla Víctor Hugo Rascón Banda en su edición 2018, Raúl Balderrama Montes, por las significativas aportaciones a la cultura chihuahuense en el área de música.
Será el próximo 23 de agosto, cuando en Sesión Solemne le sea entregada la “Medalla al Mérito Cultural del Estado de Chihuahua, Víctor Hugo Rascón Banda”, en su edición 2018, con la presencia de los titulares de los Poderes Ejecutivo y Judicial del Estado.
Además de la medalla simbólica, el ganador obtendrá un premio de 50 mil pesos.
Propuesto por el Tenor José Luis Ordoñez Sáenz y por el Antropólogo Jorge Carrera Robles, el galardonado nació en la ciudad de Chihuahua el 19 de mayo de 1963 e inició su carrera artística a los 18 años en 1981 al ingresar a estudiar música en el entonces Departamento de Bellas Artes de la Universidad Autónoma de Chihuahua.
Por su legado cultural en la investigación, recopilación y documentación de la historia de la música de Chihuahua de la serie de Grandes Compositores.
Por su trabajo exhaustivo para el rescate de partituras, cronología de obra y de restauración de la obra musical de los compositores Francisco More y Arturo Tolentino,
Por la documentación de fechas y lugares de composición y estilo de cada obra, culminando con la grabación de las obras originales como fueron escritas en partituras por los autores, creando un importantísimo documento que servirá de fuente de investigación y acervo musical para la cultura musical de nuestro Estado de Chihuahua.
Y finalmente por su dedicación al rescate, ejecución y difusión de música tradicional indígena y mestiza de Chihuahua y México, se resolvió que sea el acreedor a este premio.
Congreso Reforma la Ley Estatal de Educación; se podrá actuar en casos de emergencia o fuerza mayor
Diputados reformaron diversas disposiciones de la Ley Estatal de Educación, a fin de dotar a la autoridad educativa local tenga atribuciones para actuar de manera inmediata en casos de emergencia o fuerza mayor.
Mediante una iniciativa de decreto, el legislador Héctor Vega dio lectura al dictamen en el que señaló: “encontramos que tiene por espíritu original facilitar a la Autoridad Educativa Local, tener parámetros para modificar el Calendario Escolar, ante situaciones graves, de riesgo, de peligro o fuerza mayor, que pudieran perjudicar la salud del alumnado, y de las personas que integran la fuerza laboral de los centros educativos”.
Lo anterior, a fin de ajustar el calendario escolar, pero con la prevención de las medidas para cubrir los planes y programas aplicables, que, las interrupciones por caso extraordinario o fuerza mayor, la autoridad educativa tome las medidas para recuperar los días y horas perdidos, salvo que por cualquier circunstancia se ponga en riesgo la salud y la vida de los alumnos de los diversos niveles educativos.
Cabe resaltar, que se adicionaron cuatro párrafos a la fracción XXIV, del artículo 13, de la Ley Estatal de Educación, para quedar en los términos siguientes:
– Las autoridades escolares, previa autorización de la autoridad educativa local, y de conformidad con los lineamientos que expida la Secretaría, podrán ajustar el calendario escolar al que se refiere el párrafo anterior.
– Dichos ajustes deberán prever las medidas para cubrir los planes y programas aplicables.
– La suspensión de clases, por días u horarios específicos no previstos en el calendario escolar autorizado al inicio del ciclo escolar correspondiente, sólo podrá ser autorizada por la autoridad que haya establecido o, en su caso, ajustado el correspondiente calendario escolar. Estas autorizaciones únicamente podrán concederse en casos extraordinarios o de fuerza mayor, y si no implican incumplimiento de los planes y programas.
– De presentarse interrupciones por caso extraordinario o fuerza mayor, la autoridad educativa tomará las medidas para recuperar los días y horas perdidos, salvo que por cualquier circunstancia se ponga en riesgo la salud y la vida de los alumnos de los diversos niveles educativos.
– En caso de presentarse emergencias debidamente justificadas ante la autoridad federal de la materia, que ameriten ajustes emergentes del calendario escolar en días u horas determinados, la autoridad educativa local publicará en el órgano informativo oficial de la propia entidad, las autorizaciones de ajustes que, de acuerdo a las necesidades regionales, haga la Secretaría al calendario escolar.
Con base en lo anterior la Secretaría de Educación y Deporte permitará ajustar los horarios de atención a las y los niños del nivel de educación básica de Chihuahua.
Lo anterior, tras las declaratorias de emergencia recién emitidas por las autoridades federales de Protección Civil, con el apoyo y coordinación de las autoridades locales en la materia, y ante las deficiencias estructurales, de equipamiento y desabasto de agua en las escuelas.
Reforman diputados Código Municipal para el Estado de Chihuahua en materia de perspectiva de género
Los diputados que conforman la Sexagésima Quinta Legislatura en el Congreso del Estado, aprobaron durante el Decimosexto Periodo Extraordinario de Sesiones, reformar y adicionar diversas disposiciones del Código Municipal para el Estado de Chihuahua, en materia de perspectiva de género.
La diputada Nadia Siqueiros, expuso que esto es un avance significativo para reconocer los derechos humanos de las mujeres, y establecer mecanismos para promover y garantizar igualdad sustantiva y no discriminación; así como un medio para cumplir los compromisos internacionales del Estado Mexicano.
Explicó que el desarrollo municipal con igualdad sustantiva, es el eje principal de las políticas públicas que deben implementar los municipios en su circunscripción territorial, para el beneficio de su sociedad.
Mencionó que los ayuntamientos, son el sector gubernamental más cercano a las problemáticas y necesidades sociales, por lo que su grado de responsabilidad es gestionar requerimientos y ejecutar las acciones tendientes a solventarlas para lograr su desarrollo, por eso la importancia de esta reforma, para que hagan posible el adelanto de las mujeres y la eliminación de la brecha de género que existe en las comunidades chihuahuenses.
Recordó que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece para todas las autoridades: “la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad”.