Los integrantes de la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso local, aprobaron adicionar un párrafo al Artículo 18 de la Ley de Derechos de los Pueblos Indígenas del Estado de Chihuahua, mismo que señala que se deberá de traducir las campañas de salud, tratamientos médicos o quirúrgicos a los pacientes a lengua materna de acuerdo al pueblo indígena que se trate.
Este dictamen fue presentado ante el Pleno por la diputada Leticia Ochoa, parte de la Comisión de Pueblos y Comunidades Indígenas, quien detalló que estas traducciones que se harán de manera obligatoria, incluyen las autorizaciones para recibir cada uno de los mencionados procedimientos o acciones médicas.
Recordó que con fecha 30 de agosto del 2019, la diputada Rosa Isela Gaytán del Partido Revolucionario Institucional, presentó la iniciativa correspondiente para realizar la mencionada modificación, dado a que la entidad se caracteriza por ser multicultural por la presencia viva de pueblos originarios.
“La presencia de estos pueblos colabora con la identidad propia y la diversidad cultural de Chihuahua, lo que es una base para una serie de obligaciones que mantiene el estado frente a los pueblos originarios; son un sector importante de la población, quienes contribuyen con la riqueza cultural, lingüística y humana del país”, afirmó la legisladora.
Señaló que, en el Artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se determina que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, que la ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y de las entidades, en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de la citada carta magna.
“En razón de lo anterior resulta necesario entonces que los procesos médicos, las autorizaciones para los mismos, las campañas de salud, se difundan no solo en el idioma español sino también en su lengua materna, para lograrlo y que sea en consecuencia de un derecho humano estrictamente ligado al ejercicio de otros derechos”, recalcó.
Por otro lado, la propia Ley de Derecho de los Pueblos Indígenas del Estado de Chihuahua, señala que quienes integran estos tienen derechos al acceso, sin discriminación alguna a todas las instituciones de salubridad, servicios de salud y atención médica, y enfáticamente se señala que el Estado tendrá que se tendrá que proporcionar en su idioma, respetando, promoviendo y propiciando su sistema médico tradicional.
“Esto viene a complementar y desarrollar lo que actualmente se prevé de manera dispersa, en otros ordenamientos jurídicos, en la inteligencia de que fue necesario realizar algunos ajustes de forma, en atención a la gramática y técnica legislativa”, puntualizó.
En Sesión Solemne del Congreso de Chihuahua, representantes de los Tres Poderes del Estado, recibieron el Informe Anual de Actividades del Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, Néstor Armendáriz Loya.
En dicho evento, el encargado de velar por el respeto a los derechos humanos en la Entidad, señaló que este primer informe contiene la descripción de las acciones realizadas por el organismo, durante el periodo comprendido del 1º de enero al 31 de diciembre del 2019, en materia de protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política del Estado.
Resaltó que el eje toral del organismo reside en la atención a las personas, en brindar orientaciones jurídicas gratuitas, realizar gestiones, recibir quejas, integrar expedientes de manera adecuada y emitir recomendaciones; por ello se desarrollaron mecanismos para un efectivo cumplimiento de las recomendaciones, y con esto, dar el seguimiento correspondiente, hasta lograr que los derechos vulnerados de las personas sean restituidos con la reparación del daño.
Para culminar, agregó: “como organismo público, tenemos la convicción de que existen avances significativos en la vida institucional, pero también somos conscientes de que aún debemos construir mejores instrumentos que nos permitan atender las demandas de las y los chihuahuenses, que exigen a las autoridades el respeto irrestricto de su dignidad humana”.
En su intervención, el Gobernador del Estado, Javier Corral Jurado, señaló que dentro del informe presentado por el Presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, se da cuenta de las actividades y logros, pero también, de los enormes retos que se tienen en materia de derechos humanos en la Entidad.
Agregó la importancia para que los gobiernos impulsen una agenda con perspectiva de derechos, como punto de partida y con particular énfasis en lo señalado en la intervención del Presidente de la CEDH, y tomando como ejes fundamentales, el principio de progresividad y de pro persona, ambos conceptos pilares de la reforma constitucional en materia de derechos humanos, en los que día a día se debe buscar el cabal cumplimiento y ejercicio.
No basta con la voluntad política de los titulares de los organismos, o dependencias, se requiere que esto se traduzca en el compromiso irrenunciable de protección a los derechos humanos; por ello es imprescindible recordar a todos los servidores públicos del Estado, particularmente los del Poder Ejecutivo.
“No veamos este informe presentado como una contra parte, sino como un contrapeso y como parte del sistema democrático de equilibrios”, agregó.
Los integrantes de la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso local, aprobó la adición de un inciso a la fracción II del Artículo 16, así como una Sección Novena de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Chihuahua, para crear el Centro de Personas Traductoras e Intérpretes como órgano auxiliar de los procedimientos jurídicos.
Este dictamen fue presentado ante el Pleno por la diputada Rocio Sarmiento, presidenta de la Comisión de Pueblos y Comunidades Indígenas, quien determinó que esta nueva herramienta, contará con autonomía técnica y operativa para el cumplimiento de sus funciones y desarrollo de sus actividades sustantivas.
Comentó que, tiene como objeto proveer lo necesario en materia de traducción e interpretación, a fin de que las instituciones de procuración, impartición y administración de justicia se garantice, en este sentido, el derecho al acceso a la justicia a personas con discapacidad, particularmente visual, auditiva o del habla, así como a los pueblos y comunidades indígenas.
Sarmiento Rufino determinó que, para tal efecto, contará con personal especializado en Lengua de Señas Mexicana, en la emisión de documentos en Sistema de Escritura Braille, en lenguas indígenas y demás ayudas técnicas y humanas necesarias para la comunidad.
Así mismo, se apoyará a los Poderes del Estado y demás autoridades de la Entidad Federativa, para que los actos que emitan en el ámbito de su competencia, con consecuencias jurídicas para personas con discapacidad visual, auditiva o del habla, así como para los pueblos y comunidades indígenas, se desarrollen con la asistencia de personas traductoras o intérpretes debidamente certificadas, según corresponda.
“El Centro de Personas Traductoras e Intérpretes, dependerá del Consejo y para el adecuado cumplimiento de sus funciones se establecerán centros regionales en aquellos distritos judiciales que así lo requieran, previo cumplimiento del procedimiento establecido por la Ley para tal efecto”, reiteró.
Además de esto, dijo que el Centro de Personas Traductoras e Intérpretes, ejercerá sus atribuciones a través de la estructura orgánica que determine el Consejo y contará con el número de personas traductoras e intérpretes necesarias, de conformidad con los requerimientos de cada distrito judicial.
En cumplimiento del Principio de Progresividad que impera en materia de Derechos Humanos, anualmente se incorporarán en los Presupuestos de Egresos para los ejercicios fiscales subsecuentes, las partidas económicas que permitan la mejora continua del Centro de Personas Traductoras e Intérpretes, hasta lograr su consolidación.
Cabe mencionar que, se deroga el Artículo Tercero del decreto número LXVI/RFLEY/0513/2019 I P.O., aprobado por el Congreso del Estado en fecha diez de diciembre de dos mil diecinueve.
Los integrantes de la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso local, aprobaron los dictámenes correspondientes a las cuentas públicas y estados financieros de entes fiscalizables, correspondientes al ejercicio fiscal 2018.
Esto, fue presentado ante el Pleno por los diputados: Miguel Ángel Colunga, Rocío González y Rocio Sarmiento, integrantes de la Comisión de Fiscalización, quienes determinaron que los antes mencionados, fueron revisados y aprobados durante la reunión de trabajo realizada el 30 de diciembre del 2019.
En lo que respecta a las cuentas públicas que fueron aprobadas sin observaciones, estuvieron: Guerrero, Ascensión, San Francisco de Conchos, la Operadora Municipal de Estacionamientos de Juárez, Morelos, Guadalupe y Calvo, Saucillo, JMAS de Chihuahua, IMPE de Chihuahua, Madera, Santa Isabel, San Francisco del Oro y Batopilas de Manuel Gómez Morín.
Por otra parte, a los entes fiscalizables con observaciones, se notificará por parte del Poder Legislativo a la Auditoría Superior del Estado para que, con las instancias correspondientes, presente las denuncias administrativas y/o penales.
A Guachochi, se le señalaron nexos de parentesco en ayuntamiento entre regidora y funcionaria; a la JMAS de Juárez, se le encontró que de acuerdo a la auditoría de gastos materiales y suministros a proveedores, no se apegaron a los lineamientos establecidos en la Ley de Adquisiciones del Estado de Chihuahua.
Por último, al Instituto Chihuahuense del Deporte y Cultura Física por la adquisición de boletos de avión para eventos deportivos y sin justificación dentro de contrato correspondiente.
– La persona titular durará en su encargo 7 años
Integrantes de la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado, reformaron la Ley Orgánica y el Reglamento Interior y de Prácticas Parlamentarias del Poder Legislativo, con la finalidad de crear su Órgano Interno de Control, como un área técnica con facultades en materia de responsabilidades administrativas.
El dictamen fue presentado por la diputada Blanca Gámez, en representación de la Junta de Coordinación Política, quien señaló que nuestra Entidad decidió incorporarse al contexto nacional en el tema de la cruzada contra la corrupción, para lo cual fue creado el sistema jurídico, que permita cumplir con los objetivos perseguidos por el acuerdo.
Agregó que este órgano técnico tendrá atribuciones precisas que darán certeza y seguridad jurídica, con lo que se evitará la inclinación a la discrecionalidad; además, tendrá autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su funcionamiento y resoluciones, y contará con una persona titular que será su representante legal, y con la estructura orgánica y los recursos necesarios para el ejercicio de sus atribuciones.
Será encargado de entre otras atribuiciones, prevenir, corregir, investigar y calificar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas de personas servidoras públicas del Congreso, así como de personas particulares vinculadas con faltas graves, y sancionar a aquellas distintas a las que son competencia del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa; revisar el ingreso, egreso, manejo, custodia, aplicación de recursos públicos, y presentar las denuncias por hechos u omisiones que pudieran ser constitutivos de delito ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.
De forma semestral y anual, la persona titular del Órgano de Control, que desempeñará por siete años dicho puesto, rendirá un informe de actividades al Pleno del Congreso, por conducto de la Presidencia.
La designación de la persona titular se llevará a cabo conforme a lo expresado en el Reglamento Interior y de Prácticas Parlamentarias en su artículo 151, para lo cual una Comisión Especial conformada por cinco diputadas y diputados, a propuesta de la Junta de Coordinación Política, entregará un informe con los resultados de la evaluación curricular y de las entrevistas para posteriormente dentro de los 5 días siguientes conformará las ternas que se remitirán al Pleno, para la designación de la persona titular.
En Sesión Extraordinaria del Congreso de Chihuahua, fue reformada la Ley Orgánica del Poder Legislativo, con la finalidad de que la información relacionada con las declaraciones de situación patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal de las y los servidores públicos del Congreso, se presente a través de la Plataforma Digital Nacional, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Lo anterior, luego de que integrantes de la Sexagésima Sexta Legislatura, aprobaran, el dictamen de Decreto emanado de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Parlamento Abierto, en voz del diputado Jorge Soto, en su calidad de vocal.
Dentro de los artículos transitorios del Decreto, se señaló que la Comisión de Fiscalización continuará con los trabajos de registro, control y resguardo de las declaraciones de situación patrimonial de las y los servidores públicos del Congreso, hasta en tanto se constituya y entre en funciones el Órgano Interno de Control del Poder Legislativo.
Es por lo anterior que se reformó el Título Decimocuarto, la denominación de su Capítulo I, y el artículo 234; y fueron derogados los artículos del 235 al 241, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, por resultar innesarios y redundantes para las y los servidores públicos.