El día de hoy el pleno del Congreso del Estado aprobó el Código Adam, el cual es un protocolo de actuación que se implementa en el primer instante en que un menor desaparece en algún establecimiento público o privado. La finalidad de este mecanismo es evitar la sustracción de las y los menores actuando de manera inmediata.
“Desde la Comisión de Seguridad Pública trabajamos de la mano de expertos de la sociedad civil, academia y autoridades gubernamentales para lograr robustecer esta iniciativa que sin duda brindará seguridad a las y los menores en nuestro estado” señaló Geo Bujanda, presidenta de la Comisión.
El Código Adam ha tenido éxito en el vecino país del norte, evitando que las y los niños sean víctimas de un delito. Incluso se capacita a los empleados de los establecimientos privados para actuar en caso de presentarse un caso de desaparición de un menor en sus instalaciones.
“Es un gran logro contar con instrumentos desde nuestras leyes que puedan concretarse y dar resultados a favor de la niñez chihuahuense, estoy segura que con la voluntad de todas y todos el Código Adam funcionará de manera efectiva en nuestra entidad.” Puntualizó Bujanda Ríos.
Finalmente, los legisladores felicitaron a la Comisión por el gran trabajo realizado para lograr establecer este nuevo instrumento en nuestra legislación.
El H. Congreso del Estado de Chihuahua aprobó la propuesta de la diputada Blanca Gámez Gutiérrez para crear el Registro Estatal de Personas Deudoras Alimentarias Morosas de Chihuahua (REDAM), en el que serán inscritas las personas que hayan dejado de cumplir con sus obligaciones alimentarias.
En el 2020 el Congreso del Estado de Chihuahua impulsó y aprobó la armonización de ordenamientos jurídicos, como la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, que entre otras cosas, considera como requisito para acceder a una candidatura, el no haber incumplido con alguna obligación alimentaria o con acuerdo o convenio derivado de un Mecanismo Alternativo de Solución de Conflictos; por lo que esta iniciativa busca dar cumplimiento a dicha obligación a través de la ley que crea el Registro Estatal de Personas Deudoras Alimentarias.
Por lo cual las personas inscritas, no podrán desempeñar puestos en la función pública Estatal o Municipal; obtener licencias y permisos de conducir; participar como candidatas o candidatos a cargos concejiles y de elección popular en el Estado o ser aspirantes a cargos de jueces o juezas, magistraturas y Consejerías del Poder Judicial del Estado.
Además ante las solicitudes de matrimonio, el Registro Civil hará del conocimiento si alguno de los contrayentes se encuentra inscrito en el REDAM, dando a conocer de la situación que guardan con respecto a sus obligaciones alimentarias.
La coordinación y emisión de lineamientos para la operación del Registro quedarán a cargo del Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En el dictamen se hace énfasis en que los alimentos constituyen un derecho humano recíproco que existe entre quienes tienen una relación de parentesco –por consanguinidad o por adopción – con el fin de otorgar a quien así lo requiera, todo lo necesario para vivir y desarrollarse de manera sana y armónica en su entorno social, siendo las niñas, niños y adolescentes las principales personas acreedoras alimentarias.
A pesar de lo establecido por la ley, las personas deudoras alimentarias encuentran la manera de evadir sus responsabilidades, y aunque estas conductas están tipificadas en materia penal, son sumamente pocas las denuncias y las personas que se encuentran sujetas a un procedimiento penal y aún menos quienes se encuentran purgando una sanción privativa de la libertad por este delito.
De acuerdo con la organización “Mamás en Acción’’ y con la ‘’Red por los derechos de la infancia en México”, ocho de cada diez deudores alimentarios en el país no cumplen con su obligación de dar alimentos.
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