El dictamen aprobado por el Senado de la República destaca la limitación de seis plantas de cannabis psicoactivo en el domicilio de la persona que la consume, así como lo que se coseche de la misma deberá de permanecer en la misma casa
POR CARMEN LETICIA VILLEGAS MORENOCiudad de México.- La tarde de este jueves, el Pleno del Senado de la República aprobó en lo general con 82 votos a favor, 18 en contra y 7 abstenciones, el dictamen para crear la Ley Federal para la Regulación de Cannabis y reformar la Ley General de Salud y el Código Penal Federal, que permite el uso lúdico de la marihuana en MéxicoEl dictamen aprobado destaca la limitación de seis plantas de cannabis psicoactivo en el domicilio de la persona que la consume, así como lo que se coseche de la misma deberá de permanecer en la casa en donde se encuentra la plantación..
Los legisladores establecieron que si dentro de una casa varias personas, que deben ser mayores de edad, consumen marihuana, deben de respetar el número de plantas autorizadas para efecto psicoactivo, que será de ocho por vivienda y la cosecha también debe de permanecer en este lugar.
A esto se realiza la precisión respecto al humo que generan los consumidores de cannabis y que se ordena que deben de tomar las medidas necesaria para evitar que otras personas inhalen el humo que generen aquellos que sean consumidores de la misma.
Asimismo, aquellas personas que consuman marihuana debe de sujetarse a determinadas reglas para adquirirla, como que deben acudir a lugares que deberán de contar con la autorización para vender cannabis.
El dictamen destaca la ampliación de 5 a 28 gramos en cuanto a la posesión de marihuana para el autoconsumo, que de cumplir con esta medida, no habrá sanción penal; aunque se aclara que de los 28 a los 200 gramos se clasificará como posesión simple y solamente se aplicará sanciones administrativas o multas.
Pero en el supuesto de 201 gramos a 28 kilos de marihuana se clasificará como posesión para narcomenudeo y de 28 kilos hacia adelante se considera como narcotráfico.
Es importante mencionar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó legislar al Congreso de la Unión antes del 15 de diciembre; por lo que de inmediato se deberán de actualizarse las policías, que no podrán detener o sancionar a las personas que tengan en posesión hasta 28 gramos de marihuana.
La senadora Ana Lilia Rivera de Morena explicó que la regularización del cannabis es parte del reconocimiento de un derecho humano que es el libre desarrollo de la personalidad, el cual, ante un sistema prohibicionista como el vigente, ve socavada su efectividad.
Por ello, sostiene que esto no es una mera opinión sino un criterio que como grupo parlamentario en Morena comparte con el Poder Judicial de la Federación, que llegó a tal conclusión mediante la resolución de una serie de amparos que por vía de reiteración dieron origen a la jurisprudencia que declara Inconstitucional la prohibición del cannabis contenida en la Ley General de Salud.
Lo anterior en el entendido de que la regulación no es un sinónimo de una liberación absoluta de la planta y sus derivados o del mercado que los provea, sino de la normación de determinados actos que implican su uso exclusivo para determinados fines con parámetros de control e intervención del Estado mediante reglas y estándares internacionales.
Por otro lado, menciona que este proyecto contribuye para solucionar el problema de violencia e inseguridad vinculado al narcotráfico que vive el país y comenta que «en efecto el proyecto toma en cuenta el contenido del actual plan nacional de desarrollo donde se reconoce que en materia de estupefacientes la estrategia prohibicionista ya es insostenible no sólo por la violencia que ha generado, sino por sus malos resultados en materia de salud pública tomando como referencia que la mayoría de los países en los que esta ha sido aplicada, esta estrategia no se ha traducido en una mayor violencia sino en un modelo que ha avanzado en el reconocimiento de derechos y del control de esta planta por parte del Estado en su consumo«.